La Audiencia Provincial de Castellón condenó esta semana a una mujer por falsedad documental y estafa continuada. Así lo hizo después de que la acusada, que se desempeñaba como abogada y administrativa en una empresa castellonense, llegara a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía.
Al reconocer los hechos y con la labor de su defensa, la pena de seis años de cárcel que le reclamaba Fiscalía se vio sustancialmente reducida a dos años de prisión. El pacto, no obstante, incluye la suspensión del ingreso en prisión condicionado a que no delinca en un periodo de cuatro años y a que pague una multa de seis meses con cuota diaria de 6 euros.
Entre 2018 y 2021
Esta mujer estaba acusada de haberse apropiado de un total de 57.757 euros de la compañía, una cantidad que en un principio se le reclamaba como indemnización pero que al final no deberá abonar, gracias al acuerdo alcanzado.
La Fiscalía expuso que la mujer modificaba mes a mes la nómina de uno de los trabajadores de la compañía a la que prestaba servicios en calidad de asesoramiento legal. Ella confeccionaba las nóminas de toda la plantilla y contaba con la confianza de la gerencia para calcular el sueldo que correspondía a cada empleado.
Sin embargo, según la Fiscalía, «traicionando la confianza de la empresa y con claro ánimo de lucro», empezó a morder las nóminas de un trabajador entre 2018 y 2021. También aplicó el mismo modus operandi con otro empleado, aunque solo un mes de 2020.
¿Cómo lo hacía?
El Ministerio Público consideraba que el procedimiento que utilizaba la acusada, de nacionalidad española, era entregar primero un documento con el importe total que la empresa debía pagar en nóminas mensuales. Luego, la procesada se valía de su posición en la empresa para acceder a la aplicación de confección de nóminas.
En ellos, modificaba las cantidades en secreto y lo «desviaba». «Lo anterior lo conseguía la acusada mediante la manipulación del documento que ella misma remitía a la entidad bancaria indicando el nombre del trabajador, el importe de la nómina y el número de cuenta a ingresar, modificando entonces el importe de la nómina del trabajador y añadiendo una transferencia nueva a su favor, a una cuenta de su titularidad, por la diferencia del importe real de la nómina del trabajador y el que había fijado en el documento enviado a gerencia», explicaba el fiscal.
En el acuerdo, se aplicó la atenuante de dilaciones indebidas y la de confesión analógica. El letrado de la defensa, Rubén Cobo, se mostró agradecido con la predisposición y consideración del Ministerio Fiscal y del tribunal.
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