Numerosos presidentes de los nuevos tribunales de instancia tienen una opinión muy crítica de la puesta en marcha de la Ley Orgánica de Eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Coinciden en ese juicio los presidentes de la mayoría de los Tribunales Superiores de Justicia, a tenor de los informes que les ha solicitado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y a los que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
La ley de eficiencia introduce una compleja reforma organizativa de la planta judicial diseñada en el siglo XIX. Transforma los tradicionales Juzgados unipersonales (3.800) en 431 tribunales de Instancia, órganos colegiados donde los jueces se dividen en secciones (instrucción, civil, penal, familia, violencia sobre la mujer, menores, etc.).
Ya no existe una oficina con un letrado de la Administración de Justicia (LAJ) y un equipo de funcionarios para cada Juzgado. Ahora los funcionarios se aglutinan en tres servicios comunes (general, de tramitación y de ejecución) que trabajan en conjunto para las distintas secciones en las que se agrupan los jueces.
Los informes enviados al CGPJ reflejan generalizadas deficiencias en la implantación del modelo: imposibilidad de completar los equipos que integran los servicios comunes, dificultades en el acoplamiento y reubicación de los funcionarios, inadecuación de los edificios judiciales para albergar las nuevas estructuras organizativas, problemas con las aplicaciones informáticas.
Algunos de los informes remitidos al Consejo General del Poder Judicial./
A excepción de algunos Tribunales Superiores como el de La Rioja o Extremadura y de algunas provincias de pequeño tamaño que no reflejan incidencias relevantes, términos como «improvisación», «colapso» y «falta de planificación» se repiten en los informes.
En algunos territorios se admite que «no existe incidencia porque la implantación del Tribunal de Instancia es nula. La tramitación de todos los asuntos en las distintas jurisdicciones se sigue realizando según el sistema anterior debido a que los perfiles informáticos de los funcionarios no se han actualizado».
En otro informe se explica que «la implantación del Tribunal de Instancia ha sido meramente formal al no haberse completado a la fecha el acoplamiento definitivo de los funcionarios ni su reubicación física conforme al nuevo modelo. Esta circunstancia ha impedido la puesta en funcionamiento real de los servicios comunes».
También es frecuente aludir a la «falta de motivación», «desesperación», «desánimo general», «desconcierto», «confusión» o «resignación» para describir la situación de los funcionarios y de los letrados de la Administración de Justicia.
Un informe da cuenta de la baja de un LAJ por ansiedad, «que se suma a otras tres bajas producidas en los últimos meses por el mismo motivo».
«Pronóstico demoledor»
Uno de los documentos que mejor resumen la situación desde la perspectiva de los responsables judiciales es el elaborado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
«Tanto los/as magistrados/as cuyos informes obran en nuestro poder como los profesionales de la Abogacía han expresado una posición muy crítica, podemos decir claramente que de balance negativo, acerca de los efectos del cambio de modelo», señala.
«Es más», añade, «constan incluso informes (…) avanzando un pronóstico demoledor: a lo largo del año 2026, como consecuencia del proceso de transición que estamos viviendo, la pendencia aumentará«.
En esta valoración se analizan los problemas existentes:
Los tiempos
«Una de las principales dificultades con las que tropezó esta gran transformación desde su inicio fue la velocidad con la que se concibió en la propia Ley Orgánica. Unas estructuras que venían instaladas nada menos que desde 1882 tenían que ser profundamente alteradas en el plazo perentorio de seis meses o de un año, en función del tamaño del partido judicial que se afrontase».
«La premura con la que ha querido llevarse a la práctica la transformación ha supuesto un hándicap radical. Y no puede argumentarse en contra -pese a lo fácil que parece- que el período de un año es margen más que suficiente. El cúmulo de modificaciones que arrastra un proceso de esta envergadura se vio desenvuelto en un clima de celeridad nada conveniente, que condiciona muchas de las deficiencias detectadas».
«En algunas Comunidades Autónomas (sobre las que no se ha tomado ninguna iniciativa) el estado real de implantación ha sido ralentizado hasta cotas sorprendentes, provocando con ello una sensación de desigualdad más que notable».
Infraestructuras
«Las infraestructuras -especialmente arquitectónicas- no están preparadas para el nuevo modelo. La ley está pensada para una organización (y ubicación) física de los efectivos de la oficina judicial que no se corresponde en absoluto con la disposición arquitectónica de los Juzgados y Tribunales. Grandes agrupaciones que exigen modificaciones arquitectónicas de elevado coste y calado y que no van a ser acometidas por ninguna Administración».
Este problema se agudiza en territorios donde las sedes judiciales están dispersas y no existen edificios que cuenten con una infraestructura adecuada para acoger a más funcionarios, salas de vistas, etc.
El informe del TSJ de Madrid añade: «Se dice que la relación física entre los actores de la oficina judicial y los/as jueces y magistrados ha de ser principalmente telemática, y por ello la ubicación del personal es cuestión intrascendente. En teoría el planteamiento está muy bien. Posiblemente defendido solamente por quien desconoce la realidad judicial del día a día«.
«El modelo de relación procesal y dación de cuenta telemática en que está pensando la norma no es viable por sí solo, ni óptimo como escenario de trabajo, por muy avanzados que puedan llegar a estar los sistemas informáticos de gestión procesal».
Estos sistemas, además, están presentando disfunciones: falta de adaptación a la nueva oficina, judicial, usuarios que no tienen acceso a todas las plazas judiciales a las que prestan servicio, errores en los modelos de resoluciones procesales, falta de formadores informáticos, carencia de técnicos para solventar incidencias.
Los problemas informáticos han sido «una constante en todas las provincias debido al ‘caos’ generado por el cambio de ubicación y funciones del personal y el colapso inherente a la necesaria adaptación a cada puesto de trabajo», describe el TSJ de Castilla-La Mancha.
Funcionarios
El informe del TSJ de Madrid pone de manifiesto que «si ya con anterioridad a la reforma tropezábamos con un problema sistemático en cuanto a la debida cobertura de las plazas de funcionarios/as, con la reforma se ha visto agravado, especialmente debido a la escasa formación de quienes proceden de las bolsas de interinos, provocándose un problema grave de ineficacia en la tramitación de todo tipo de procesos«.
Varios informes señalan que se está produciendo una rémora añadida: la implantación de los Tribunales de Instancia se está efectuando cuando aún no está resuelto el concurso de funcionarios por consolidación, lo que aumenta la inestabilidad de la plantilla.
Se lamenta también el «limitado papel que se ha otorgado al Consejo General del Poder Judicial en todo este proceso (en general, desde la promulgación de la ley) que ha supuesto en la práctica un variado cúmulo de dificultades e incidencias y se ha visto enfocado como si se tratase de una cuestión del exclusivo ámbito propio de la gestión administrativa».
«Siendo la oficina judicial una estructura instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional, la intervención del Consejo (con trascendencia decisoria real) en el proceso de implantación de los Tribunales de Instancia fue conscientemente limitada o postergada», critica el informe del TSJ de Madrid.
El juez, aislado
De este modo, ha quedado en manos de las Administraciones prestacionales la toma de decisiones «que de forma tan trascendente afectan a la tutela judicial efectiva que la Constitución garantiza y deposita en manos del Poder Judicial».
En relación a esta cuestión, existen informes en los que se critica el aislamiento en que se ha dejado a los jueces para la toma de decisiones.
Algunos de ellos, como el de Ceuta, dan cuenta de acuerdos adoptados en juntas de jueces que muestran «por unanimidad nuestra total disconformidad con la gestión realizada por el secretario de gobierno, tomando decisiones de forma unilateral y arbitraria, sin ofrecer información».
En otro informe del presidente de un Tribunal de Instancia de Castilla-La Mancha se plasma que, «recogiendo el sentir general de los magistrados, el proceso de implantación se ha llevado a cabo de forma precipitada y opaca, prescindiendo de toda consulta, asesoramiento y opinión de los jueces».
Añade que «es cierto que las directrices del Ministerio de Justicia, al parecer, han sido tardías, incompletas y contradictorias, pero hubiera sido deseable una mayor y mejor comunicación entre la secretaria coordinadora y los LAJ directores, por un lado, y los magistrados de este partido, por otro».
Explica que «en los meses previos a la implantación, solo se mantuvo una reunión con los jueces (solicitada formalmente a través de junta general) para informarnos del diseño de los servicios y otra sobre los equipos de trabajo de cada área. En ambos casos, el encuentro se limitó a la exposición de un sistema ya acordado y decidido, sin voluntad de acoger las propuestas formuladas por los jueces«.
Los ciudadanos
El presidente de un Tribunal de Instancia de Castilla-La Mancha resume que «como consecuencia de la aplicación de la L.O. 1/25 el pasado día 1 de enero se han puesto de manifiesto los problemas que ya se observaban antes de su implantación, pero agravados por la premura, falta de previsión, falta de conciencia de la realidad y un absoluto error en cuanto a la fecha elegida, por lo que la adaptación no puede ser más deficiente y eso contando con que, teniendo anteriormente la oficina judicial, el recorrido ha sido menor».
«La desorganización ha sido evidente e innecesaria en muchos aspectos, casi la mitad de la plantilla ha cambiado de ubicación física y de llevanza de asuntos atendiendo no a criterios de eficiencia y organización sino de determinación de listados que eran desconocidos (…) Muchos funcionarios especialistas por años de trabajo han sido movidos a otras áreas distintas desconocidas para ellos, lo que trae un verdadero colapso en algunos servicios al tener aquellos que aprender la nueva ocupación (…) La adecuación de las RTP de los funcionarios ha sido absolutamente nefasta».
«En lo que afecta a la atención al ciudadano, la ausencia de información sobre los servicios a donde dirigirlos, la imposición de una centralita que ofrece más dudas que servicio efectivo, y otras circunstancias adversas, ya que ni los mismos profesionales, abogados, procuradores, etc., saben a dónde dirigirse y con quien despachar, todo ello lleva a la conclusión de que no se está dando al ciudadano ni el servicio ni la información ni la atención que se merece».
«La conclusión es que no se puede cambiar integralmente un modelo organizativo sin contar con aquellos que van a formar parte del mismo, imponiéndolo fuera de toda crítica y sentido, sin una previsión económica del impacto, sacando funcionarios de donde no los hay, esperando que el día a día vaya resolviendo los innumerables problemas que han surgido, surgen y surgirán en un futuro (…)».













