Qué ocurre cuando una persona es acusada injustamente de un delito sexual

Las denuncias por delitos sexuales generan un impacto inmediato, tanto a nivel judicial como social. La gravedad de la acusación, la atención mediática que suele acompañarla y las consecuencias personales que se derivan de ella provocan que, en muchos casos, se dé por sentada la culpabilidad antes, incluso, de que el proceso penal haya avanzado.

El sistema penal español cuenta con distintos filtros destinados a garantizar que solo aquellos procedimientos que reúnen unos mínimos probatorios lleguen a juicio. Por tanto, resulta necesario comprender cómo funcionan realmente estos procesos para evitar conclusiones precipitadas y juicios paralelos que no se corresponden con la realidad jurídica del caso.

Y es que, según explica el abogado penalista Álvaro Escudero, especializado en la defensa de procedimientos por delitos sexuales, “una acusación no equivale a una condena y requiere un análisis probatorio riguroso”.

Cómo se inicia una acusación por delito sexual

Un procedimiento penal de estas características suele comenzar a raíz de una denuncia, presentada ante la policía o directamente ante el juzgado. A partir de ese momento se abre una fase de investigación (la instrucción) en la que se practican las primeras diligencias: declaraciones, informes médicos o psicológicos y otras actuaciones encaminadas a esclarecer los hechos.

Durante esta fase inicial el juez instructor valora si existen indicios suficientes de delito que justifiquen continuar con el procedimiento. No se trata aún de probar los hechos, pero sí de comprobar si la acusación cuenta con una base mínima que permita seguir investigando.

Es en este momento donde se toman algunas de las decisiones más relevantes del proceso, ya que una acusación sin sustento suficiente puede quedar archivada sin llegar a celebrarse la vista.

Por qué muchas acusaciones no llegan a juicio

No todas las denuncias por delitos sexuales acaban celebrándose ante un tribunal. De hecho, una parte significativa de los procedimientos se queda en la fase de instrucción y termina archivándose antes. Las razones son diversas y tienen que ver, fundamentalmente, con los requisitos que exige el proceso penal para continuar adelante.

En algunos casos, tras la investigación inicial, los tribunales se encuentran con denuncias que no cuentan con una base fáctica suficiente para sostener una acusación penal. Se trata de procedimientos que no superan el primer filtro judicial y son archivados al no apreciarse indicios sólidos de delito.

Más allá de estas situaciones, existe un elemento clave que explica muchos archivos: la ley exige que, para que un procedimiento penal avance hasta juicio, existan indicios de delito. Los indicios no equivalen a pruebas plenas, pero sí requieren algo más que una mera afirmación. Debe existir un mínimo soporte objetivo que permita sostener razonablemente la acusación.

En los delitos sexuales, cuando la declaración de la denunciante no presenta la suficiente solidez interna o no aparece corroborada por elementos periféricos, es frecuente que el procedimiento no continúe y se acuerde el archivo de las actuaciones al considerarse que no se cumplen los requisitos necesarios para abrir juicio oral.

Ahora bien, no todos los procedimientos en los que existen dudas probatorias se archivan en esta fase. Algunas causas sí llegan a juicio, pero ello no implica necesariamente una condena. Como ha ocurrido en resoluciones recientes dictadas por la Audiencia Nacional, el proceso penal también prevé mecanismos para que, tras la práctica completa de la prueba en el juicio, se dicte una sentencia absolutoria  cuando la acusación no logra acreditar los hechos con el nivel de exigencia requerido.

Además, en determinadas fases del procedimiento pueden plantearse decisiones como la sentencia de conformidad, que conviene analizar con cautela, ya que implica asumir una condena sin que el asunto llegue a resolverse mediante un juicio con práctica completa de prueba.

El valor de la prueba en los delitos sexuales

La prueba ocupa un lugar central en los delitos sexuales. En la mayoría de estos procedimientos, la principal prueba es la declaración de la propia denunciante, lo que obliga a los tribunales a realizar una valoración especialmente rigurosa de su contenido.

En este contexto, el trabajo de la defensa adquiere una importancia decisiva. A lo largo del procedimiento, la declaración suele repetirse en distintas fases (denuncia, instrucción y juicio) y es ahí donde se analizan aspectos como la coherencia del relato, su persistencia en el tiempo y la ausencia de contradicciones relevantes. El contraste entre las distintas versiones prestadas puede ser determinante para la valoración judicial.

Además, en muchos casos cobra especial relevancia la prueba pericial psicológica o forense, que permite someter el testimonio a un análisis técnico independiente. Este tipo de dictámenes evalúan si el relato presenta indicadores compatibles con los hechos denunciados y si mantiene una coherencia suficiente desde el punto de vista psicológico.

Junto a la declaración, pueden existir otros elementos probatorios. En algunos supuestos aparecen pruebas médicas o ginecológicas, especialmente cuando se denuncia una violación, así como informes psicológicos o psiquiátricos elaborados en contextos asistenciales. También pueden aportarse testigos, aunque rara vez presencian los hechos directamente, ya que estos suelen producirse en ámbitos de intimidad.

Estos testigos suelen aportar información sobre el antes y el después de lo ocurrido: la relación previa entre las partes, el comportamiento observado o la actitud de ambos tras los hechos denunciados. Aunque estos elementos no prueban por sí mismos que haya existido o no una agresión sexual, sí contribuyen a ofrecer un contexto que los tribunales valoran en conjunto con el resto de la prueba.

En delitos como la agresión sexual, donde el estándar probatorio es especialmente exigente, la valoración conjunta de todos estos elementos puede ser determinante para que el tribunal tenga una convicción fundada sobre los hechos.

El impacto personal de una acusación injusta

Una vez finalizada la fase de instrucción, el procedimiento puede seguir distintos caminos. El juez puede acordar el archivo de la causa, continuar la investigación, abrir juicio oral o, en su caso, dictarse una sentencia absolutoria tras la celebración del juicio.

Cada una de estas decisiones tiene consecuencias jurídicas distintas que dependen de la solidez de la acusación y de la prueba practicada. Por ello, el momento procesal en el que se encuentra la causa resulta clave para definir la estrategia de defensa.

Pero, más allá del resultado judicial, una acusación por delito sexual suele tener un impacto profundo en la vida personal, familiar y profesional de la persona acusada. La duración del procedimiento, la exposición social y la incertidumbre jurídica generan una presión considerable, incluso, cuando finalmente la causa termina archivándose o con una absolución.

El papel de la defensa penal especializada

En este tipo de procedimientos, la especialización cobra especial relevancia, porque, como subraya Álvaro Escuderoen los casos de delito sexual “el análisis técnico de la prueba desde las primeras fases del proceso es especialmente relevante para evitar decisiones precipitadas y garantizar que se respeten las garantías procesales del acusado”

El conocimiento profundo de la dinámica probatoria, de la jurisprudencia aplicable y de las fases del procedimiento permiten a la defensa valorar con mayor precisión las opciones existentes en cada momento del proceso penal.

Las acusaciones por delitos sexuales exigen un tratamiento especialmente riguroso desde el punto de vista jurídico. El proceso penal está diseñado para proteger a las víctimas pero, también, para evitar condenas cuando la acusación no se sostiene sobre una base probatoria suficiente. 
 

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