multa sorpresa por no rascar

La Dirección General de Tráfico advierte: la visibilidad completa es obligatoria. Si el parabrisas o las lunas están cubiertos por hielo, escarcha o nieve, conducir así puede acarrear una multa de hasta 200 €, incluso sin pérdida de puntos.

Según el Reglamento General de Circulación, cualquier obstáculo que impida la visión directa del conductor se considera una infracción grave. Y eso incluye el típico «raspado parcial» de las primeras horas del día.

¿Qué se considera una visión insuficiente?

Elemento Obstáculo Sanción Normativa Fuente
Parabrisas     Hielo/Nieve     Hasta 200 €     Art. 19.1 RGC    DGT (2024)

Inspección visual y multa directa

  • La Guardia Civil puede sancionar in situ si observa que el campo visual está obstruido.
  • No basta con una pequeña apertura en el parabrisas: debe estar completamente despejado.
  • No limpiar luneta trasera o retrovisores también puede ser motivo de sanción.

Técnicas seguras para evitar sanción (y daños)

  • Usa rasqueta de plástico o spray descongelante.
  • Evita verter agua caliente: puede dañar el cristal.
  • Activa la calefacción interior gradualmente con el coche arrancado.

¿Qué elementos deben estar limpios sí o sí?

  • Parabrisas delantero
  • Luneta trasera
  • Retrovisores exteriores
  • Faros y pilotos
  • Capó y techo (para evitar desprendimientos)

Conducir con cristales empañados, escarchados o nevados pone en riesgo al conductor y a los demás usuarios”, señala la DGT en su boletín de diciembre 2023. La recomendación: dedicar cinco minutos más cada mañana para evitar sanciones y accidentes.

En pleno invierno y con mínimas bajo cero, la mejor defensa es tener el vehículo preparado y visible. Porque rascar a medias ya no cuela.

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