La marihuana es la sustancia ilegal más consumida en la UE, según el Informe Europeo sobre Drogas de 2025, y Cataluña, el epicentro de su producción y distribución. La proliferación de plantaciones de cannabis en territorio catalán ha provocado la implantación de organizaciones internacionales de narcotráfico –sobre todo procedentes de Albania, Moldavia y otros países del Este– y el aumento de la violencia entre clanes, con robos de droga, enfrentamientos y ajustes de cuentas –como el ocurrido el pasado 22 de diciembre en Castelldefels–, y de la tenencia ilegal de armas, algunas catalogadas como de guerra, según confirman fuentes de la fiscalía antidroga.
Los juristas consultados por EL PERIÓDICO consideran que el asentamiento de estas organizaciones criminales en Cataluña está vinculado a la laxitud de las penas que comportan los delitos relacionados con el comercio ilegal de marihuana, desde el propio tráfico de estupefacientes hasta la ocupación delincuencial de viviendas y naves, y el fraude del suministro eléctrico que alimenta los cultivos.
El abogado penalista Emilio Zegrí sostiene que «no solemos percibir» que el cultivo y el tráfico de marihuana «conllevan unas sinergias delictivas muy graves» que inciden en la seguridad ciudadana y la perturban gravemente. Solo en 2024, los Mossos d’Escuadra decomisaron en Cataluña 542.000 plantas de marihuana. En este sentido, subraya: “Importamos personas dedicadas a la delincuencia, al mismo tiempo que exportamos marihuana a otros países”.
En España, al tráfico de drogas consideradas ‘blandas’, como la marihuana, le corresponden también ‘penas blandas’: entre uno y tres años de prisión. Esta “métrica penal leve”, según Zegrí, en comparación con los países de nuestro entorno, propicia que los acusados de este delito se conformen con la pena solicitada por la fiscalía cuando llegan a juicio y, de esta forma, obtengan una condena inferior a los dos años de prisión, lo que evita el ingreso en la cárcel si se trata de la primera condena por este delito.
Esta pena leve también dificulta que el juez de guardia acuerde la prisión provisional del sospechoso. El abogado resalta que, durante 2024, los juzgados solo acordaron el encarcelamiento a la espera de juicio para el 10% de los detenidos por cultivo y tráfico de marihuana. De los 2.000 arrestados, únicamente se decretó la prisión provisional de 200. Y de estos, el 50% accedieron a la libertad provisional tras presentar un recurso. Lo único que cambia esta situación es cuando a los detenidos se les aplican las agravantes de pertenencia a organización criminal (hasta 10 años de cárcel) o de «notoria importancia» del volumen de droga (hasta cuatro años y seis meses de prisión). Si en el caso hay armas, se suma la condena por tenencia de las mismas. El Código Penal incluye también importantes multas.
Penas en Europa
Las condenas vinculadas al cultivo y el tráfico de marihuana son significativamente mayores en el resto de Europa. En Francia, por ejemplo, la legislación, que no distingue entre drogas ‘blandas’ y ‘duras’, contempla penas de entre 10 y 30 años de prisión (cuando existen agravantes de banda organizada o proximidad a centros escolares); en Italia, estos delitos implican de 2 a 6 años de cárcel; en Alemania, de 3 meses a 5 años; en Portugal de 4 a 12 años (y hasta 25 si se constata la existencia de redes o gran volumen de droga), y en Países Bajos se castiga la venta y posesión con 4 años de prisión y con hasta 16 la importación y exportación a gran escala. Por su parte, en el Reino Unido la pena máxima es de 14 años.
“El problema de la delincuencia vinculada a los cultivos de marihuana parte de una paradoja. La ciudadanía no percibe el consumo como un problema, pues se le considera una droga blanda muy tolerada. El propio Código Penal entiende que es una sustancia que “no causa grave daño a la salud” y las penas son muy inferiores al tráfico de otras drogas como la cocaína Si la ‘víctima’ inicial es la sociedad que la consume y no quiere ser protegida por el Estado que lo persigue, la solución no es fácil”, admite Jorge Navarro, abogado penalista y vicedecano del Col.legi de l’Advocacia de Barcelona.
El jurista radiografía así una situación que califica de «alarmante». “La realidad es que se generan consecuencias que son socialmente peligrosas. España, singularmente Cataluña, se ha convertido en un importante centro de cultivo y exportación de marihuana a nivel europeo, negocio que es muy rentable y que requiere blanquear los beneficios», apunta el abogado, quien subraya que este tipo de negocio «favorece la tenencia de armas de fuego para protegerlo, sobre todo frente a otras bandas mafiosas competidoras». «Y la presencia de las mafias –añade– favorece la violencia, la extorsión y la corrupción”.
Ocupación y fraude
El tráfico de marihuana comporta otras conductas delictivas asociadas, como la ocupación de inmuebles o la defraudación del fluido eléctrico, las cuales también registran en España una baja penalidad en comparación con otros países europeos. Por ejemplo, la usurpación de inmueble (como una nave o un piso vacío) implica una multa, mientras que el allanamiento de vivienda habitual contempla una pena de 6 meses a 2 años de prisión siempre que no haya violencia (si la hay, la condena es superior). En los principales países europeos, la legislación no distingue entre los usos de la vivienda. Así, en Alemania, la ocupación está penada con 1 año de cárcel; en Francia, con hasta tres años; y en Italia, hasta cuatro años. Entre los países europeos, Reino Unido también presenta una de las legislaciones menos punitivas: hasta seis meses de cárcel.
Por su parte, una situación parecida sucede con el delito de defraudación de fluido eléctrico. En España, se castiga con multa, mientras que en Francia la pena es de hasta 3 años de prisión; en Alemania, 5 años; en Italia, 3 años. En Países Bajos es variable. Cabe decir que ningún país ha creado un tipo especial de sustracción de luz para plantaciones de droga.
En este sentido, la decana del Col.legi de l’Advocacia de Barcelona, Cristina Vallejo, defiende que es “urgente” una modificación legislativa sobre la ocupación delincuencial, pues ahora la usurpación de un inmueble (cuando no es vivienda habitual) es un delito leve y existen “serias dudas” de si se puede aplicar la medida cautelar de desalojo. Esta jurista explica que «muchos países de nuestro entorno más cercano introducen vías legales para recuperar el inmueble en un breve plazo de tiempo e incluso facultando a la autoridad policial para que, sin intervención judicial, entregue la posesión tras la denuncia».
Desalojo exprés
En los Países Bajos, por ejemplo, apenas se exige una denuncia policial para recuperar la finca exhibiendo el título de propiedad. Francia, por su parte, ha reformado recientemente su regulación: ha endurecido las penas por ocupación ilegal y ha acuñado nuevos tipos penales. Lo más destacado es que, para evitar las organizaciones criminales, se crea un nuevo delito sancionado con 3.750 euros de multa por propaganda o publicidad que incite a la ocupación y con tres años de prisión y 45.000 euros de multa por hacerse pasar por el propietario de una vivienda ocupada. La policía puede desalojar a un ocupante durante las primeras 48 horas si se tiene conocimiento del hecho.
En Alemania también se recupera la posesión de las viviendas ocupadas en un plazo de 24 horas y se han creado tipos penales específicos. De la misma forma, Reino Unido dispone de un sistema policial urgente para recuperar el inmueble, y en Italia, el juzgado puede ordenar inmediatamente a la policía el desalojo del inmueble. En noviembre de 2025, en Portugal se endurecieron las penas por este delito, que pueden llegar hasta los dos años de cárcel. Si se utiliza violencia o amenazas graves, alcanzan los tres años.
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