Ingresar antes del juicio los 1.000 euros que defraudó a un hombre que había puesto a la venta un coche en una conocida página web de anuncios le ha servido a la autora del fraude como atenuante de reparación del daño. La cantidad será entregada al perjudicado. La estafadora, de 29 años y sin antecedentes penales, reconoce los hechos y se conforma con tres meses de prisión. Esta pena queda suspendida durante un plazo de dos años, con la condición de que no cometa ningún delito en ese periodo. La sentencia, dictada por el Penal Número 2 de Ourense el pasado 17 de diciembre, es firme, como todas las de conformidad.
El perjudicado ofertó un vehículo de su propiedad en una página de anuncios en internet. La acusada contactó con él y acordaron la compra por 3.500 euros —el importe del coche—, más 400 euros por los gastos de transporte.
El engaño a través de correos electrónicos y Whatsapp
La encausada aseguró al vendedor, a través de WhatsApp, que ya había depositado los 3.900 euros en la cuenta de la web de anuncios, pero que él debía adelantar los 400 del transporte, que después le serían devueltos. La mujer remitió a la víctima un correo electrónico en el que suplantaba a una empresa de envíos.
Con posterioridad, la acusada envió al denunciante otro correo electrónico, en el que se hacía pasar por la página web de anuncios. En esa comunicación aseguraba al perjudicado que tenía que abonar 600 euros, con el pretexto inventado de que la empresa no podía efectuarle un ingreso inferior a 4.500, umbral superior al importe pactado de la compraventa del coche, que se había fijado en 3.500.
Tras caer víctima de ese engaño, el 1 de agosto de 2023 el perjudicado efectuó dos transferencias bancarias desde su cuenta, por importe de 400 y 600 euros, con destino a una cuenta de la que la encausada es la única titular. El perjudicado no llegó a recuperar el dinero tras esa operación fraudulenta. Hasta ahora, tras la sentencia de conformidad, cuando le será remitido por el juzgado el importe de la indemnización. La autora del delito de estafa procedió a reparar el daño económico causado con anterioridad al día del juicio. Ese comportamiento supone una atenuante de la responsabilidad penal, que en esta causa se aplica en un grado cualificado.
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