Alberto Núñez Feijóo ha terminado dando el paso de citar a Pedro Sánchez en la comisión de investigación del Senado sobre el caso Koldo, la cual controlan con mayoría absoluta. El líder del PP llevaba más de un año y medio retrasando este momento bajo el argumento de que cada semana se conocía nueva información y que era mejor esperar. Sin embargo, tras el último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, Feijóo se ha plantado y le ha anunciado al propio Sánchez que será citado este mismo mes de octubre en la comisión.
Desde la Moncloa aseguran que Sánchez no tendrá problemas en asistir porque no tiene nada que ocultar. Pero, ¿tienen opción de no acudir? ¿Podría desoír la citación del Senado?
Sí. La Constitución española, en su artículo 76, recoge que tanto el Congreso como el Senado podrán crear comisiones de investigación «sobre cualquier asunto de interés público» y deja claro que «será obligatorio comparecer a requerimiento de las Cámaras». Esta obligación se reitera en la Ley Orgánica 5/1984 de comparecencia ante las Comisiones de Investigación del Congreso y del Senado o de ambas Cámaras que, en su artículo 1, especifica que «todos los ciudadanos españoles y los extranjeros que residan en España están obligados a comparecer personalmente para informar».
La Constitución indica que se podrán imponer «sanciones» a todos aquellos que no acudan a las comisiones de investigación cuando sean convocados por estas. El Código Penal, en su artículo 502, establece que aquellos que dejen de comparecer serán «castigados como reos del delito de desobediencia«. Además, si son autoridad o funcionario público se les impondrá la «pena de suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años».
También se castiga con una pena de prisión de seis meses a un año o multa de seis a doce meses a aquellos que hayan sido convocados y falten a la verdad en su testimonio.
Ni la Constitución ni la ley que desarrolla el artículo 77 de la Carta Magna recogen ninguna excepción. Sin embargo, en los últimos años se ha rechazado crear comisiones de investigación sobre las finanzas del rey emérito Juan Carlos I al ser «inviolable«. No obstante, en ningún punto se establece que los miembros del Gobierno, incluido el presidente, o la presidenta del Congreso no puedan ser llamados a una comisión de investigación.
Sánchez también fue citado en la comisión de investigación creada en la Asamblea de Madrid para analizar si hubo algún trato de favor por parte de la Universidad Complutense de Madrid hacia Begoña Gómez, pero en aquel caso no compareció. Esto se debe a que el Consejo de Estado, en casi una decena de dictámenes, ha dejado claro que los miembros del Gobierno, así como cualquier autoridad de la Administración General del Estado, no está obligado a comparecer ante una comisión impulsada por un parlamento autonómico dado que estas indagaciones están limitadas a sus competencias.
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