Los fallos en el cribado del cáncer de mama llegarán a los juzgados próximamente, pero lo hará por distintas vías. Izquierda Unida, Adelante Andalucía y el Defensor del Paciente han denunciado ante la Fiscalía Superior de Andalucía lo ocurrido. Por su parte, Facua ha abierto una plataforma para presentar una demanda colectiva, el abogado José Antonio Sires hará lo propio con otras afectadas y Amama y el Defensor del Paciente estudian tomar la misma vía individualizada tras el estudio caso a caso. Esto implica distintas consecuencias, tanto para los actuantes como para la administración y el resto de señalados.
En primer lugar, quienes han presentado una denuncia han acudido en primera instancia a la vía penal. Esto significa que el Ministerio Público estudiará si hay indicios de delito, en qué tipo encajan y quién los pudo cometer para posteriormente abrir una investigación antes de llevar el caso ante los Juzgados de Instrucción. En caso de no encontrar indicios delictivos en el análisis, quedará archivado.
En el caso del Defensor del Paciente, la denuncia solo relata los hechos, según confirmaron fuentes de la Fiscalía andaluza a El Correo de Andalucía. No acusa a nadie y deja en manos del Ministerio Público la calificación del tipo delictivo en el que encajan los hechos y quién sería el responsable.
Izquierda Unida señala en su denuncia que lo ocurrido supone «indiciariamente la comisión de múltiples delitos». Señalan los ilícitos de «homicidio imprudente en comisión por omisión», «lesiones imprudentes en comisión por omisión» y «omisión del deber de prestar servicios sanitarios«.
Adelante Andalucía, por su parte, ha presentado la denuncia contra cuatro personas: la consejera de Salud y Consumo, Rocío Hernández, su predecesora y actual consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Catalina García Carrasco; la viceconsejera de Salud, María Luisa del Moral; y la gerente del SAS, Valle García.
Además, la denuncia andalucista detalla las conductas que la Fiscalía debe investigar por poder ser constitutivas de cuatro delitos: lesiones por imprudencia grave, homicidio por imprudencia grave, dejación de funciones del servicio público y omisión del deber de prestar servicios sanitarios. El escrito expone que «se ha producido de forma consciente una dejación de funciones de las autoridades responsables de la Consejería de Salud y Consumo, pudiéndose subsidiariamente incluso advertir una omisión del deber de prestar servicios sanitarios, sin los cuales se puede producir con total seguridad un agravamiento de la enfermedad, provocando lesiones permanentes e incluso la muerte de las pacientes».
Eso es la vía penal. Sin embargo, las víctimas van a explorar en su mayoría la de lo contencioso-administrativo con las demandas colectivas o individuales. Así lo recomiendan los abogados sevillanos María Jesús Villalpando, que asiste al Defensor del Paciente, y el penalista José Antonio Sires en conversación con El Correo de Andalucía. «La vía penal serviría para inhabilitar a los culpables de la situación», afirma Villalpando. «Puedes estar tres o cuatro meses con la denuncia y luego la archivan porque no hay dolo» en la actuación, señala Sires: «La vía contencioso-administrativa es más segura porque lo que pedimos es una responsabilidad patrimonial frente al SAS».
Las demandas, caso a caso
La letrada María Jesús Villalpando explica a este periódico que la vía de lo contencioso-administrativo tiene «un sentido reparador». Es decir, se tiene que «haber producido un daño» y no es recomendable utilizarla cuando solo se haya cometido contra ti una acción que te ponga en riesgo. «El riesgo no se indemniza. El riesgo no es valorable desde el punto de vista de la reparación económica. Se repara el daño real».
Villalpando explica tres casos. En el primero, solo hay un riesgo y no hay consecuencias por el fallo en el cribado del cáncer de mama. «No es viable porque no hay nada que reparar«, apunta. El segundo caso sería cuando, tras el fallo, el cáncer esté en estadio 1. Esto entiende que tiene «poco recorrido, pero habría que mirarlo. Ya que el cáncer es curable cuando empieza y la reparación del daño no compensaría».
Por eso no recomienda «las demandas conjuntas». «En el Defensor del Paciente hemos desarrollado un cribado que consiste en saber: en qué fecha se hizo la prueba donde no se comunica el resultado fallido, en qué fecha le comunican que tiene un proceso oncológico y en qué estadio», explica la letrada sobre las respuestas a encontrar antes de abrir el proceso penal.
Desde su punto de vista, será más fácil conseguir la indemnización para quienes presenten un error en la prueba y padezcan el cáncer a partir «del estadio 2».
El abogado José Antonio Sires discrepa en el punto de las demandas colectivas. Su despacho va a habilitar una plataforma para poder llevar a cabo una demanda conjunta de varias afectadas. Esto permitirá a las mujeres abaratar costes judiciales, ya que el pago inicial solo sería de 350 euros. Las responsabilidades que se pedirán serán «millonarias», en caso de que los casos estudiados cumplan con los requisitos exigidos por los abogados para seguir adelante.
El problema de que se presenten distintas demandas colectivas serán los resultados. «Esto puede generar un precedente peligroso. Puede haber unos que sí y otros que no vayan adelante», apunta Sires sobre los procesos.
Las acciones legales de Amama
Este martes por la tarde, en la sede de Amama, el abogado Manuel Jiménez compareció ante los medios para exponer argumentos similares a los de los dos letrados referidos. Aclaró que podrían ir a la vía penal en caso de que «se acreditara una negligencia que haya producido unas lesiones o la muerte». Sin embargo, criticó las denuncias presentadas con la intención de «cortar cabezas» porque no «solucionan» el problema. «Todas aquellas querellas (vía penal) que no recojan la casuística de lo que le ha ocurrido a cada mujer no tienen sentido. Y he recibido las casuísticas esta mañana por lo que las demás querellas que se hayan presentado tienen una finalidad política».
Además, aseguró que había habido unas reclamaciones anteriores por la vía de lo contencioso-administrativo que estaban aún sin respuesta. De hecho, aseveró que fue una de estas presentada por él la que hizo saltar la liebre.
Con respecto a las demandas colectivas o individuales, habrá que estudiarlo: «Distingo porque si hago una demanda colectiva donde tenga que incluir la casuística de más de una mujer, probablemente me encuentre con problemas para incluir a alguna que otra mujer cuya casuística, por el tema de los plazos y demás, pueda estar fuera, y entonces no me arriesgo a dejar a nadie fuera de la reclamación, lógicamente«.