El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha denegado la incapacidad permanente a una cuponera de la ONCE al considerar que, en su caso, trabajar puede serle «beneficioso».
«No vemos contraindicado el realizar una actividad de esta naturaleza con su actual estado; podría, incluso, ser beneficioso al nivel mental que ahora debatimos», expresa el TSJM.
Sin embargo, el tribunal sí reconoce que «su situación no es saludable». «Pero tampoco consideramos que un sentimiento generalizado de tristeza, apatía y falta de interés sea incompatible con un trabajo por cuenta ajena, con el necesario rendimiento y eficacia que ineludiblemente es exigible», concluye.
Ni el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ni, posteriormente, un Juzgado de lo Social de Madrid le concedieron a la trabajadora la incapacidad que reclamaba. Por ello, recurrió ante el TSJM, que tampoco lo hace.
La empleada, no obstante, sí tiene reconocida una situación de dependencia de grado 1 por parte de la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid desde junio de 2018.
Además, un informe médico emitido en 2023 por el Hospital Universitario 12 de octubre relata que, desde 2016, la empleada sigue un tratamiento farmacológico, así como psicoterapia individual y grupal.
«Mantiene, apatía y pensamientos negativos sobre sí misma, los demás y al futuro», señalaba aquel dictamen.
Y desde mayo de 2023, la mujer está de baja laboral debido a «trastornos persistentes del estado de ánimo».
Ahora bien, el Juzgado de lo Social, en su sentencia, fechada en 2024, concluyó que no le correspondían ningún grado de incapacidad laboral. Aquel primer fallo señaló que «de los informes médicos no se demuestra que sus dolencias le impidan ejecutar cualquier profesión u oficio; tampoco, los correspondientes a su profesión habitual».
Es más, el Juzgado consideró que la vendedora de cupones estaba «perfectamente capacitada» para realizar sus obligaciones «con profesionalidad, rendimiento y eficacia».
Lo mismo considera ahora el TSJM en respuesta al recurso de la mujer. «Tampoco apreciamos un problema neurológico de base o, de existir, no parece decisivo al momento actual», señalan los magistrados del Tribunal Superior.