El conflicto judicial por el reparto de los menores migrantes llegados a Canarias alcanza una nueva cota. El Gobierno de España ha presentado un recurso ante el Tribunal Constitucional contra el Ejecutivo aragonés, al ser la única comunidad autónoma que no presentó los datos requeridos por el ministerio sobre la asistencia a migrantes en los centros aragoneses.
El Gobierno de Aragón había presentado en este tiempo varios recursos administrativos y al Constitucional al considerar que el Gobierno de España «incumple la ley» por señalar que el reparto no cumple los criterios de «igualdad».
Así, la portavoz del Gobierno de España y ministra de Educación, además de líder del PSOE de Aragón, Pilar Alegría, ha sido la encargada de anunciar la presentación del recurso por parte del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Una decisión aprobada en el Consejo de Ministros celebrado este martes, a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática que dirige Ángel Víctor Torres.
«El Gobierno de Aragón ha sido el único que no ha atendido la demanda de información en fecha y forma sobre las cifras de menores atendidos en su sistema de protección. El plazo para esa remisión acabó el pasado 31 de marzo y el decreto ley fue aprobado el 18 de marzo. Por tanto, como corresponde ante cualquier decreto ley, es de obligado cumplimiento para todos los territorios», ha recordado Alegría.
Desde el Gobierno aragonés, su vicepresidenta y portavoz, Mar Vaquero, ha insistido en que el Ejecutivo autonómico considera que «Aragón se negó a dar esos datos porque creemos que el Gobierno de España está incumpliendo la ley y Aragón se defiende del Gobierno de Sánchez puesto que está conculcando el principio de igualdad con los criterios para el reparto de menores no acompañados y delegando la política de inmigración a Junts, un partido en el que quien toma las decisiones es un prófugo de la Justicia, como es el señor Puigdemont».
La vicepresidenta y portavoz del Gobierno de Aragón, Mar Vaquero. / GOBIERNO DE ARAGÓN
Por eso, ha vuelto a recalcar que el Gobierno de Aragón «defiende a los aragoneses a través de los recursos y los instrumentos jurídicos que creemos oportunos, primero contra actos administrativos y luego de inconstitucionalidad». Y ha zanjado su valoración incidiendo en que creen que les «ampara la ley» y que siguen esperando a las «resoluciones del Constitucional».
El recurso del Gobierno central
El Gobierno central ha acordado la interposición ante el Tribunal Constitucional de un conflicto positivo de competencia en relación con la actuación de Aragón y, en particular, por la persona titular del Departamento de Bienestar Social y Familia del Ejecutivo autonómico, por no atender a las exigencias del deber de colaboración derivadas de la aplicación del Real Decreto-Ley 2/2025, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.
El recurso señala también el «incumplimiento» por parte del Gobierno aragonés de la remisión de datos sobre la situación de los recursos de su sistema de protección de menores migrantes no acompañados antes del 31 de marzo de 2025, como establece la disposición adicional undécima, apartado 1, de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (LOEx), introducido por el apartado seis del artículo único del Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo.
Esa información, dicen fuentes del Gobierno central, es esencial para «fijar la capacidad ordinaria de acogida que tiene cada territorio» y, por tanto, para la aplicación subsiguiente del Real Decreto-ley 2/2025, ya que la efectividad de sus medidas –la reubicación de los menores en situación de contingencia migratoria extraordinaria– depende de que resulte posible la fijación de la capacidad ordinaria que se establezca por Real Decreto.
Para el Gobierno de España se trata de una «obligación legal suficientemente caracterizada en la norma y sujeta a plazo», cuyo incumplimiento conlleva un «menoscabo competencial», en la medida en que «priva de eficacia a la decisión adoptada por el legislador estatal en ejercicio de sus competencias exclusivas previstas en el artículo 149.1.1ª y 2ª de la Constitución Española».
Por eso, al amparo del artículo 161.2 de la Constitución Española, el Consejo de Ministros invoca la suspensión de la decisión del Gobierno de Aragón y solicita al Alto Tribunal que se notifique personalmente la providencia de suspensión que se dicte a la titular del Departamento de Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón, la consejera Carmen Susín.
Asimismo, se solicita se le inste a dar inmediato cumplimiento a las obligaciones legales que le incumben.
El Gobierno central señala a Susín y Azcón
En el acuerdo adoptado en el Consejo de Ministros se citan las declaraciones que hizo la consejera Carmen Susín, el 19 de marzo de 2025, el mismo día en que se publicó en el BOE el decreto ley. El Consejo de Ministros se hace eco de las palabras de la consejera, recogidas en los medios, cuando dijo que Aragón «no va a colaborar en el reparto de menores».
Y también hace referencia a declaraciones posteriores del presidente del Gobierno de Aragón, Jorge Azcón, donde ponía en duda la legalidad de la medida del Gobierno central. «Aragón cree que lo que están haciendo con los menores por parte del Gobierno de España no cumple con la legalidad, y por eso lo hemos recurrido. Y recurrirlo ante los Tribunales, lo que conlleva es que no se aporten los datos para no estar de acuerdo con una ley que creemos que es ilegal, es decir, forma parte de una estrategia en el que, evidentemente, la ilegalidad no queremos que se instale en nuestra comunidad», rememora el escrito del Gobierno de España.
Además, desde el Ejecutivo central matizan que la impugnación del Real Decreto-Ley por parte de Aragón ante el Tribunal Constitucional «no determina de modo automático la suspensión de su vigencia, siendo la suspensión, en caso de solicitarla la comunidad, valorada, y acordada o denegada, por el Alto Tribunal», concluyen.