En el programa La Tarde, se ha planteado una escena cotidiana: acumulamos servicios en plataformas de streaming, periódicos online o aplicaciones móviles sin recordar cuándo ni por qué los contratamos. Las suscripciones se renuevan solas, sin previo aviso, hasta que vemos el cargo en el banco. Ante esta práctica, el Ministerio de Consumo plantea una nueva norma para proteger al usuario.
el obejtivo es claro
José Carlos Cutiño, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), lo explica así:
“Básicamente lo que se va a obligar es a que las empresas nos comuniquen, con una antelación —se habla de 15 días—, que se va a proceder a la renovación de la suscripción.”
El objetivo es claro: garantizar que el consumidor tenga tiempo y oportunidad de decidir si quiere seguir con ese servicio o no.
El problema, según Cutiño, es que en muchos casos ni siquiera se informa si el precio va a cambiar. Por eso insiste:
“Se trata de que estemos plenamente informados de qué es lo que tenemos contratado, lo que se va a renovar, y podamos tomar una decisión consciente.”
SERVICIOS INVISIBLES Y CONSUMO INCONSCIENTE
Las plataformas de vídeo como Netflix son solo la punta del iceberg.
“Puede haber otro tipo de suscripciones a servicios digitales que no usemos, que tengan un coste menor y que se renuevan sin que nos demos cuenta.”
El portavoz de la OCU señala que la clave es la visibilidad: si no lo usamos, no lo recordamos, y la empresa sigue cobrando sin freno.
Cutiño aclara que “sí, es legal siempre que esté previsto en el contrato”. Si se aceptó una renovación automática sin objeciones previas, se está dentro del marco legal. Sin embargo, con la nueva norma, el escenario cambiaría:
“Si no se cumple con el deber de información previa, la prórroga sería nula y el consumidor podría exigir el reembolso.”
¿y si me siguen cobrando tras darme de baja?
Ante esta pregunta, la OCU es tajante:
“Lo primero que tenemos que hacer es devolver los cargos.”
Después, será la empresa quien tenga que demostrar que el cobro era legítimo. Además, toda empresa debe contar con un canal de reclamaciones accesible, algo que se incorporará a la futura Ley de Atención al Cliente, actualmente en tramitación.
En Estados Unidos ya se aplica la norma del click to cancel: tan fácil de darse de baja como de alta. ¿Podría pasar aquí? Cutiño responde:
“Debería ser así, y nuestra normativa ya lo establece. Otra cosa es que no se haya desarrollado reglamentariamente.”
El problema, añade, es que muchas veces darse de baja implica leer párrafos interminables y navegar por menús ocultos.
“La letra pequeña no debería ser tan difícil de entender. El consumidor tiene derecho a una cancelación clara y sencilla.”
ENTRADA EN VIGOR
La medida forma parte de la esperada Ley de Atención al Cliente, que lleva meses en tramitación.
“Esperamos que no sea otra norma que se quede en el cajón al acabar la legislatura,” confiesa Cutiño.
Mientras tanto, los consumidores siguen lidiando con suscripciones que no recuerdan, no usan y, a menudo, no pueden cancelar fácilmente.