cuándo se paga y cómo se calcula

Con la llegada del verano, múltiples pensionistas de España esperan con ilusión uno de los ingresos más relevantes para ellos en el año: la paga extra de junio. Supone para los pensionistas un alivio importante económicamente hablando para sus recursos monetarios, sobre todo en un contexto de inflación y aumento del coste de la vida. La Seguridad Social ya ha confirmado las fecha para el ingreso de dicha paga extraordinaria así como las condiciones para poder percibirla.

¿Cuándo se cobra la paga extra de verano?

La Seguridad Social establece que la paga extra de verano se abone del 21 de junio de 2025 al 25 de junio de 2025. No obstante, numerosas entidades bancarias escogen anticipar el momento de ingreso incluso antes de la fecha oficial, de modo que el doble abono de pensiones de los pensionistas podría aparecer antes de la fecha de pago. Esto permite una más adecuada planificación económica para quienes dependen exclusivamente de su pensión.

El abono de la paga extra de la pensión se incluye con la pensión ordinaria del mes de junio; esto significa que aquellos pensionistas que la reciben disfrutarán del cobro de dos mensualidades en un mismo abono. Si un pensionista cobra 1.300 euros al mes recibirá 2.600 euros en junio. Este ingreso doble se produce en una época del año en la que muchas personas de edad avanzada realizan viajes, pagan revisiones médicas o abonan gastos del hogar.

La inmensa mayoría de los pensionistas con pensiones de tipo contributivo, recibirán con certeza la paga extraordinaria de verano. Nos referimos a una plantilla de pago que consiste en dividir el importe anual de la pensión en un total de catorce pagas, doce ordinarias y dos extraordinarias (una en el mes de junio y otra en diciembre). Con esta distribución de las pagas pretendemos dar un plus al nivel de vida de los hogares, cuando más lo necesitan.

Casos que no la perciben

Este modelo no afecta a todos los pensionistas. Aquellos en situación de cobrar una pensión derivada de accidente laboral o enfermedad profesional, por ejemplo, no perciben paga extra, dado que la pensión correspondiente a esta contingencia se prorratea en doce mensualidades es decir, queda el mismo importe total anual que se distribuye en partes iguales todos los meses. Esto da lugar a que estén estables mensualmente, aunque pierden la posibilidad de disfrutar de un ingreso doble de manera puntual.

La cantidad que se tiene derecho a cobrar en conceptos de paga extraordinaria de verano es igual a la cuota mensual que se percibe de forma habitual. Así lo dice la Seguridad Social: «la paga extraordinaria es igual a una mensualidad normal, sin bonificaciones ni incrementos adicionales». Se pueden aplicar retenciones fiscales a esta cantidad si el importe total anual sobrepasa los importes mínimos de la exención de tributar.

La paga extraordinaria de verano supone un coste millonario en concepto de pensiones contributivas para la Seguridad Social, concretamente más de 10 millones de pensiones contributivas abonadas. Sin embargo, se entiende por necesario para la estabilidad económica de los jubilados y la posibilidad de hacer frente a gastos estacionales o imprevistos.

Reconocimiento a toda una vida laboral

Más allá de su valor económico la paga extra también es el reconocimiento a la dedicación y a las cotizaciones aportadas durante una vida de trabajo. La existencia de este tipo de ingreso refuerza la confianza de las personas mayores en el sistema público de pensiones.

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