La campaña para liquidar el IRPF y el impuesto de patrimonio está a la vuelta de la esquina. Están obligados a presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores, así como aquellos que hayan estado dados de alta como autónomos o que hayan percibido prestación de desempleo, entre otros supuestos.
Es muy común que Hacienda solicite información para controlar que no se ha producido ninguna infracción. Para hacerlo, puede solicitarla directamente al contribuyente, hacerlo por medio de una inspección tributaria o, por último, recabando datos de terceros.
En cualquiera de estos casos, tal como recoge le Ley 58/2003 General Tributaria, el contribuyente tiene derecho a ser informado y conocer cuál es el estado de sus trámites en cada momento. Para llevar a cabo una supervisión coherente, Hacienda marca la línea en 3.000 euros; a partir de dicha cantidad, las transacciones que no estén bien justificadas son susceptibles de ser revisadas. En caso de no poder justificarse movimientos como el ingreso de una cantidad que exceda dicha cifra, por ejemplo, la sanción puede alcanzar los 2.500 euros.
Otros casos más graves, como la transferencia de cantidades superiores a los 10.000 euros sin un aviso previo a Hacienda y sin que su legitimidad quede demostrada, pueden acarrear multas de entre 60.000 y 150.000 euros. Tampoco los pagos en efectivo están a salvo. Si se detecta un desembolso superior a 1.000 euros, cantidad máxima estipulada, la sanción puede representar un 25% del total del pago. Así pues, en caso de llevar a cabo un pago de estas características, se deberá ejecutar mediante transferencia bancaria.
Plazos
La campaña para legalizar el ejercicio 2024 arrancará el próximo 2 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, de acuerdo al calendario del contribuyente disponible en la página web de la Agencia Tributaria. El plazo de presentación de las declaraciones de la renta comenzará el 2 de abril para los contribuyentes que lo hagan por internet, ya sea a través del programa Renta Web o a través de la aplicación móvil de la Agencia tributaria.