El magistrado de la Sala de lo Penal Ángel Hurtado, que instruye la causa contra el fiscal general del Estado por revelación de secretos de la pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ha adoptado hoy dos decisiones relativas al informe en el que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil analizaba el contenido del teléfono móvil de la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también investigada. Por un lado avala la prueba, al rechazar el escrito en el que la Abogacía del Estado, que ejerce la defensa de Álvaro García Ortiz y de la propia Rodríguez, atacaba el informe por sus «irregularidades» y «omisiones»; y por otro remite a la justicia ordinaria la denuncia realizada por la filtración de su contenido, que fue publicado por los medios de comunicación.
Así, en su providencia acuerda deducir testimonio y enviar al decanato de los juzgados de Madrid, «a los efectos oportunos», las quejas de García Ortiz y su jefa provincial, y que se incluya en el envío un auto dictado el pasado 25 de noviembre con las advertencias que él mismo incluyó sobre el secreto de las actuaciones. Hurtado adopta la misma decisión en relación con una queja presentada por el abogado de la acusación particular, en representación de Alberto González Amador, también por filtraciones.
Los mensajes privados del fiscal
En su providencia, también acepta la solicitud de García Ortiz de dirigir mandato a la UCO para que imparta instrucciones a fin de que no se incluyan mensajes privados ajenos al ámbito de los hechos en su informe. A este respecto, señala que no ha lugar acceder a dicha petición por considerarse que “no cabe formular reproche alguno al trabajo realizado por una unidad tan especializada y reconocida como es la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, sin perjuicio del derecho de la parte a su cuestionamiento”.
En una segunda providencia, rechaza la denuncia de la Abogacía del Estado, en representación de los dos investigados, por irregularidades y omisiones en el informe pericial de la UCO, así como por vulneración de derechos fundamentales, y en la que se formulan distintas peticiones. El magistrado considera que “no cabe poner reproche a dicha prueba pericial, realizada por una unidad tan especializada como es la UCO, sin perjuicio de la parte a su cuestionamiento”.