Muchos trabajadores esperan el día en el que puedan terminar su etapa laboral y jubilarse por fin. Sin embargo, algo que preocupa a todo el mundo es la cuantía económica que se va a cobrar una vez llegue este anhelado momento. Es por ello que resulta interesante conocer cuánto se va a cobrar, incluso en los casos con menos años cotizados.


Muchas personas están preocupadas por la pensión por jubilación que van a cobrar una vez termine su vida laboral

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La Seguridad Social juega un papel clave en este proceso, ya que es el organismo público responsable de gestionar las pensiones contributivas por jubilación. Pero también existe otro tipo de pensión: la no contributiva. En este caso, la gestiona el IMSERSO.

La pensión no contributiva es una alternativa para aquellas personas que no cumplen con los requisitos mínimos de cotización para cobrar una pensión contributiva de jubilación. En este artículo se explican las posibilidades que tienen estas personas a su alcance.

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La pensión no contributiva de jubilación es clave para aquellas personas que han cotizado pocos años a la Seguridad Social. Permite que este colectivo disponga de un nivel básico de renta para poder tirar adelante una vez termine su etapa laboral.

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Las personas con pocos años cotizados también pueden cobrar una pensión por jubilación: la no contributiva

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Estos son los requisitos para poder acceder a una jubilación no contributiva

Como cualquier ayuda, esta pensión obliga a cumplir unos requisitos a las personas que la solicitan. Estos tienen que ver con la edad, el lugar de residencia y los ingresos económicos percibidos. Estos son los requisitos solicitados por el IMSERSO:

  • Edad: para poder ser beneficiario de la pensión no contributiva por jubilación, se deben tener, como mínimo, 65 años.
  • Residencia: el segundo requisito es haber vivido en España al menos 10 años entre los 16 años y la fecha de solicitud de esta pensión. Además, los dos últimos años deben ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Renta: para poder optar a esta pensión por jubilación no se deben superar los 7.250,60 euros anuales. En caso de convivir con otros familiares, se tendrá en cuenta la suma de los ingresos de toda la unidad familiar.



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