Pedraz investiga si un venezolano consiguió la residencia a cambio del bulo de la cuenta en Granadinas de Pablo Iglesias

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha citado a declarar como testigo al que fuera responsable en la Policía de Extranjería y Documentación, el comisario ya jubilado Emilio Baos, dentro del marco de la investigación abierta por la supuesta guerra sucia que se llevó a cabo desde el Ministerio del Interior contra Podemos, el partido de Pablo Iglesias. Baos, tal y como ha adelantado elDiario.es deberá prestar declaración sobre la concesión de la residencia a un ciudadano venezolano que ha asegurado estar detrás del bulo informativo que atribuía a Pablo Iglesias la titularidad de una cuenta en un banco de Granadinas.

El procedimiento está abierto a raíz de una querella que presentó la formación morada contra parte de la excúpula del Ministerio del Interior en la época de Mariano Rajoy en la Moncloa por investigar sin ningún tipo de control judicial, y de forma prospectiva, a los miembros del partido de Pablo Iglesias. Concretamente, contra el ex director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía, Eugenio Pino; el exsecretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, ambos imputados en el caso Villarejo, así como otros cargos del Ministerio.


La querella

La formación progresista presentó su querella el 30 de octubre de 2023, reportando delitos de organización criminal, revelación de secretos, malversación, prevaricación y falsedad documental. El escrito relataba que bajo el liderazgo de Francisco Martínez y de Jorge Fernández Díaz, el Ministerio del Interior se dedicó a realizar «investigaciones prospectivas» y «ajenas a cualquier interés policial», que trataban de perjudicar a Podemos.

Esta querella también hacía referencia al Informe PISA, (acrónimo de Pablo Iglesias Sociedad Anónima), un presunto informe policial que estudiaba una una cuenta a nombre del entonces líder de Podemos en el banco Euro Pacific Bank Limited. Las conclusiones de dicho informe fueron demostradas como falsas. El juez Pedraz dejó claro que, una vez examinada la querella y verificados que algunos de los hechos expuestos caerían en el terreno competencial de la Audiencia Nacional, y por tanto, «se procede a su admisión«, aunque de forma parcial.

Pedro Sánchez en una reunión de alto nivel. EP


García Castellón, en el foco

El objetivo principal de todo este procedimiento, según Podemos, era la posterior filtración de información a los medios de comunicación para desacreditarles ante la opinión pública, aprovechando el marco de veracidad que confieren las fuentes policiales. De acuerdo con la querella, el proceso se concretó en ocho actuaciones, entre las que se incluye el citado Informe PISA. De esta manera, el Gobierno de Mariano Rajoy puso en marcha tres frentes judiciales: la Operación Catalunya, las maniobras contra Podemos, y la operación Kitchen para sabotear la investigación judicial sobre la caja B del Partido Popular. En el marco de estos asuntos, el juez Manuel García Castellónse negó a investigar los mecanismos contra Podemos.

«Debe señalarse que ni del ministro Jorge Fernández Diaz o del director general de la Policía, Ignacio Cosidó, no se relata más que una suposición de que por los cargos que ostentaban deberían conocer y autorizar los hechos. Dicha imputación es insuficiente para admitir la querella contra los mismos. Del director general se dice que habría filtrado una información a la prensa, lo cual es una afirmación que no permite sustentar la imputación de haber participado o consentido investigaciones contra miembros del Parlamento», argumentaba el magistrado. 

Por otra parte, en lo que respecta a las diligencias que solicitaron los morados, el magistrado rechazó los testimonios de los periodistas por la procedencia de las fuentes, ya que «no están obligados a declarar los profesionales del periodismo sobre las mismas”. En este sentido, añade que tampoco aparece en el relato de hechos que los medios participaran en la difusión de noticias falsas a sabiendas que lo eran, por lo que su actividad queda amparada bajo el paraguas del secreto profesional y por el artículo 20 de la Constitución que reconoce el derecho a la información.

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