Son miles los pensionistas de nuestro país que en la actualidad viven fuera de nuestro país. Estos jubilados perciben una pensión del Instituto Nacional de la Seguridad Social pero tienen que realizar algunos trámites que no se requieren para aquellos que viven dentro de nuestras fronteras.
El trámite al que nos referimos no es para que a un residente en el extranjero le concedan la
pensión
si no para acreditar que sigue con vida y sigue manteniendo su derecho a percibir la prestación. Esto se llama ‘vivencia’ o acreditación de fe de vida. Los pensionistas que viven en territorio español no tienen que acreditar su vivencia de forma general, ya que la Administración puede comprobar esa circunstancia por otras vías internas.
Cuándo acreditar la vivencia de las pensiones
En la actualidad, la acreditación de la vivencia por parte de los
pensionistas
que viven en el extrajero se realiza en dos ocasiones y dentro de unos plazos muy concretos:
- Entre el 1 de enero y el 31 de marzo
- Entre el 1 y el 30 de septiembre
Este calendario no es arbitrario, sino que responde a un sistema de control anual consolidado en la gestión de pensiones en el exterior. Pero ojo, porque a partir del año que viene los plazos cambian y la acreditación de la vivencia tendrá que realizarse en tres ocasiones: enero, mayo y septiembre.
¿Qué ocurre si no se realiza este trámite? La Seguridad Social es muy clara:
“Su pensión quedará suspendida hasta que acredite su vivencia, lo cual podrá realizar en cualquier momento del año”.
Cómo acreditar la vivencia de las pensiones
Según datos de la Revista de la Seguridad Social de 2024 más de 33.000 pensionistas residentes en el extranjero acreditaron su vivencia a través de la aplicación VIVESS.
En la actualidad, la vía principal es la aplicación móvil VIVESS, que permite al
pensionista
realizar el trámite mediante un sistema de reconocimiento facial biométrico, sin necesidad de desplazarse ni acudir a una oficina. Este método genera una confirmación inmediata y es el que la propia Administración recomienda por su agilidad y fiabilidad y, además, es totalmente gratuita.
Los pasos a seguir para acreditar la vivencia a través de VIVESS son los siguientes:
- Descargar la aplicación.
- Realizar el registro. Este paso sólo se realizará la primera vez que se utilice y será necesario el DNI o el número de expediente de su pensión o mediante Cl@ve. Habrá que introducir el país de residencia y la fecha de nacimiento. A continuación hay que seleccionar el documento con el que se hará la videoidentificación mostrando el reverso y el anverso en la cámara y mostrando su rostro siguiendo las instrucciones de la aplicación.
- Pulse ‘acreditar su vivencia’ y vuelva a mirar a cámara.
- La app emite un justificante inmediato.
No obstante, siguen existiendo alternativas. El pensionista puede acreditar su vivencia remitiendo un certificado de fe de vida expedido a la Dirección Provincial del INSS correspondiente o comparecer en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el extranjero.













