los herederos no tendrán que pagar el Impuesto de Sucesiones si se incluye esta cláusula en el testamento

Cuando fallece un ser querido, además del dolor y el tiempo de duelo e incertidumbre emocional, también aparecen una serie de trámites y responsabilidades legales. Los herederos deben decidir si aceptan o renuncian a la herencia recibida. Este proceso está sujeto al pago del Impuesto de Sucesiones, un tributo que grava el incremento patrimonial que obtiene una persona al recibir bienes, dinero o derechos mediante herencia u otros títulos sucesorios.

Para poder disponer legalmente de los bienes heredados, todos los herederos deben pagar el Impuesto de Sucesiones, esto se aplica sin importar donde estén los bienes o la residencia del fallecido. Si los herederos no cuentan con fondos disponibles, pueden utilizar parte del dinero de la herencia.

El presidente del Gobiernol, Pedro Sánchez, durante su declaración institucional este miércoles en el Palacio de la MoncloaBorja Puig de la Bellacasa / EFE

Para que el heredero pueda utilizar el dinero de la herencia es indispensable que en el testamento se haya establecido el tercio de libre disposición que está destinado a pago. 

El Banco de España ha indicado a los herederos como formalizar el proceso para que puedan cobrar. En primer lugar, es necesario solicitar el certificado de defunción del causante, el certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y una copia autorizada del testamento más reciente o la declaración de herederos abintestato.

Además, las entidades bancarias requieren dos documentos adicionales: el documento de adjudicación y participación de la herencia, la justificación del pago del impuesto sobre sucesiones.

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 El IBEX 35, índice de referencia de la Bolsa española, ha marcado este jueves un nuevo máximo histórico, por encima de los 17.100 puntosVega Alonso / EFE

El organismo aclara: “Las entidades bancarias son responsables subsidiarias del pago de este impuesto». La acreditación del pago o la exención del impuesto es indispensable para la disposición de los fondos. La normativa vigente permite a las entidades bancarias autorizar el uso de los recursos de la cuenta del difunto para pagar el impuesto.

Para que el procedimiento se pueda realizar es indispensable rellenar el formulario en la entidad financiera y el banco podrá emitir un cheque a nombre de la Agencia Tributaria, se emitirá con cargo a los bienes del fallecido y se destinará a pagar el impuesto. 



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