El Supremo recoge este jueves las alegaciones de Ábalos, Koldo y Aldama como paso previo al juicio de las mascarillas

El Tribunal Supremo acoge este jueves una audiencia preliminar previa al juicio por las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas en pandemia en la que escuchará las alegaciones de los tres acusados: el exministro de Transportes José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama.

Esta vista está recogida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), cuyo artículo 785 establece que se «requiere la asistencia del acusado y del abogado defensor». Por este motivo, Ábalos y Koldo, que se encuentran en prisión provisional desde el pasado 27 de noviembre, están obligados a acudir, lo que significa que tendrán que ser trasladados desde la cárcel de Soto del Real aunque solo intervengan en la vista sus abogados, que vienen defendiendo que son inocentes y reclaman su libertad. Así lo decidía el Alto Tribunal a través de una providencia en la que rechazaba las solicitudes presentadas por el exministro y su exasesor, que aducían problemas médicos y pedían poder seguirla por videoconferencia desde prisión.

De esta forma, en la audiencia preliminar, las partes «podrán exponer lo que estimen oportuno» antes de la celebración del juicio, según ese artículo de la LECrim, que señala aspectos relacionados con «la posibilidad de conformidad del acusado o acusados, la competencia del órgano judicial, la vulneración de algún derecho fundamental, la existencia de artículos de previo pronunciamiento, causas de la suspensión de juicio oral, nulidad de actuaciones, así como sobre el contenido, finalidad o nulidad de las pruebas propuestas». «Podrán igualmente proponer la incorporación de informes, certificaciones y otros documentos. También podrán proponer la práctica de pruebas de las que las partes no hubieran tenido conocimiento en el momento de formular sus escritos de acusación o defensa», indica ese artículo.

En este sentido, cabe destacar que, una vez celebrada la vista, el juez o tribunal «examinará las pruebas propuestas y resolverá admitiendo las que considere pertinentes y rechazando las demás«, precisa. Lo hará, según el mismo artículo, «de forma oral», salvo que, «por la complejidad de las cuestiones planteadas», hubiera de hacerlo por escrito.

La Fiscalía Anticorrupción pide 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo y siete años para Aldama, que es una petición inferior por haber reconocido los delitos de los que se le acusa. Por su parte, las acusaciones populares, lideradas por el PP, reclaman 30 años de cárcel para el exministro y su exasesor, mientras que para el empresario solicitan la misma pena que el Ministerio Público. Anticorrupción atribuye al exministro y su exasesor presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho, aprovechamiento de información privilegiada, tráfico de influencias y malversación. Al empresario le aplica la atenuante de confesión y le achaca solo los tres primeros delitos.

Ábalos denuncia la filtración de sus datos médicos

El pasado martes 4 de febrero se publicó en varios medios de comunicación que el exministro de Transportes había alegado varios problemas de salud para evitar ir presencialmente a una vista en el Tribunal Supremo. La información provenía de partes médicos aportados por la defensa del que fuera titular de Transportes ante el juez que le investiga por la trama de las mascarillas. Según Ábalos, estos informes salían de la Sala II del Alto Tribunal sin su consentimiento. A razón de ello, el exministro, a través de X, anunció que sus abogados iniciarían acciones legales.

El mensaje, publicado por la cuenta que pertenecía a Ábalos y que sigue escribiendo en su nombre mientras el exministro está en prisión preventiva, exponía que sus partes médicos habían llegado al Supremo poco antes de salir en los medios: «He tenido conocimiento de que los datos de mis informes médicos se han filtrado inmediatamente después de su presentación por mi defensa». Ábalos añadía que «han sido publicados sin mi autorización«.

En concreto, el exministro señaló que «los datos médicos y los historiales clínicos están protegidos por ley en España«, y mencionó las leyes que protegen que «los datos de salud son especialmente protegidos y confidenciales». Además, resalta, en un procedimiento penal «solo las partes tienen acceso a la documentación» según el artículo 301 de la LECrim. Ábalos anunció que había encargado a sus abogados «que desde hoy mismo se pongan en marcha las acciones judiciales que correspondan».

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