La Fiscalía remitió la pasada semana un escrito al juez instructor del caso Villa de Pitanxo, Ismael Moreno, para solicitar la «incoación de procedimiento abreviado contra los investigados» Juan Enrique Padín Costas, José Antonio Nores Rodríguez y José Antonio Nores Ortega, así como la persona jurídica (armadora) Pesquerías Nores Marín, en su caso como responsable civil subsidiario. También ha incluido a la aseguradora —es British Marine— en calidad de responsable civil directo. En la misma comunicación, el Ministerio Público ha pedido que las acusaciones particulares aporten la documentación preceptiva «a efectos de determinar, al menos indiciariamente, el importe de sus respectivas indemnizaciones».
En lo que respecta a la cuestión procedimental, este es un paso previo para el auto de apertura de juicio oral. El socio de Derecho Procesal y Concursal de Ejaso, el vigués Jaime Carrera, explica a FARO cuáles son los pasos dados hasta ahora y los que faltan para determinar las eventuales responsabilidades en el naufragio.
Fase de instrucción
Es en la que está ahora este caso. Se inicia a través de un atestado o una denuncia, «cuando se pone en conocimiento de un juez un hecho o hechos que pueden ser constitutivos de delito», resume Carrera. En una instrucción se realizan las averiguaciones pertinentes, la investigación, a través de las diligencias que soliciten las partes o el propio magistrado. Con el Villa de Pitanxo se han presentado informes periciales, informes técnicos —el de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim)— o se ha tomado declaración a los ahora investigados y testigos. Dentro de este periodo de averiguaciones se enmarca la misión para la búsqueda, localización e inspección del pecio, hundido el 15 de febrero de 2022 en Terranova.
Nueva etapa
Esta es la que acaba de abrir la fiscalía. «En este punto el Ministerio Público está interesando al juez a que cierre la fase de instrucción», toda vez que considera que ya dispone de todos los elementos de juicio para escribir un escrito de acusación. Esto implica, que durante la instrucción, la fiscalía ha recabado información que le ha permitido zanjar que sí ha habido delitos y que interesa que Padín y los directivos de la armadora se sienten en el banquillo. Ha pedido, de hecho, que se recabe la «hoja histórico penal» de todos ellos, que tienen la consideración de investigados (imputados).
Cuando sea el momento de remitir los escritos de acusación, será también turno de las acusaciones particulares o acusación pública, de haberla (no en este caso).
La última
El auto de apertura de juicio oral es la resolución que emitirá el magistrado Ismael Moreno, como instructor, que acuerda la celebración del juicio. Será en este momento cuando se incluirán los hechos delictivos, la identificación de las personas (físicas o jurídicas) acusadas y qué organo se encargará de juzgarlas. La defensa quedará emplazada, de igual modo, para remitir sus escritos de defensa, aportando, si fuera el caso, eventuales eximentes.
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