Con contrato en vigor y cuando trabajaba como empleada del hogar, una mujer entra en un proceso de incapacidad temporal debido a unas dolencias y otros síntomas en los órganos genitales femeninos. La última de estas bajas se extiende hasta el mes de enero del 2024. Fue en ese momento cuando la trabajadora solicitó que se le concediera la incapacidad permanente.
Y lo cierto es que la empleada ya había intentado que se le otorgara esta condición en anteriores ocasiones. Así lo indica la sentencia del Juzgado de lo Social nº1 de Barcelona publicada a finales del mes de marzo del pasado año 2025. En concreto, la Seguridad Social ya le denegó la incapacidad permanente en el mes de diciembre del año 2022.
Imagen de recurso de una empleada del hogar generada por Inteligencia Artificial
El diagnóstico de ese mismo año, del 2022, indicaba que la trabajadora mostraba «signos de tendinopatía degenerativa con rotura lineal de SE, sin signos de atrofia muscular«. Ese mismo diagnóstico dejaba claro que se conservaba el «funcionalismo global» de la empleada, pese a sus dolencias.
Por si fuera poco, en el mes de marzo del 2025 se da a conocer el informe médico del Instituto Nacional de Seguridad Social y la prueba pericial médica, una que deja en evidencia que la empleada sufría una «fibromialgia en control y/o tratamiento con funcionalismo conservado y poliartropía degenerativa generalizada sin limitación valorable», se indica en la sentencia.
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La Seguridad Social, basándose en este informe y después de que la empleada presentara una demanda, con la que podía tener derecho, en caso de estimarse, a una base reguladora mensual de 607,84 euros, decide denegarle nuevamente a la trabajadora el reconocimiento de la incapacidad permanente en ninguno de sus grados.
Con estos precedentes, la empleada decide presentar un recurso de suplicación, por lo que el caso termina en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Uno que dictó sentencia a finales del mes de enero de este mismo año 2026. Lo hizo, nuevamente, para confirmar la sentencia de instancia y, por tanto, denegarle a la trabajadora el reconocimiento de la incapacidad permanente.

Imagen de archivo de un juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya
«Las reducciones funcionales de la recurrente no son graves y no disminuyen de forma significativa su rendimiento en su profesión habitual de empleada del hogar, ocasionando molestias que en su estado actual han de ser susceptibles de sobrellevar», aclara la sentencia judicial. Por ello, el tribunal desestima el recurso y confirma la sentencia del Juzgado de lo Social nº1 de Barcelona.








