La Dirección General de Tráfico advierte: la visibilidad completa es obligatoria. Si el parabrisas o las lunas están cubiertos por hielo, escarcha o nieve, conducir así puede acarrear una multa de hasta 200 €, incluso sin pérdida de puntos.
Según el Reglamento General de Circulación, cualquier obstáculo que impida la visión directa del conductor se considera una infracción grave. Y eso incluye el típico «raspado parcial» de las primeras horas del día.
¿Qué se considera una visión insuficiente?
| Elemento | Obstáculo | Sanción | Normativa | Fuente |
|---|---|---|---|---|
| Parabrisas | Hielo/Nieve | Hasta 200 € | Art. 19.1 RGC | DGT (2024) |
Inspección visual y multa directa
- La Guardia Civil puede sancionar in situ si observa que el campo visual está obstruido.
- No basta con una pequeña apertura en el parabrisas: debe estar completamente despejado.
- No limpiar luneta trasera o retrovisores también puede ser motivo de sanción.
Técnicas seguras para evitar sanción (y daños)
- Usa rasqueta de plástico o spray descongelante.
- Evita verter agua caliente: puede dañar el cristal.
- Activa la calefacción interior gradualmente con el coche arrancado.
¿Qué elementos deben estar limpios sí o sí?
- Parabrisas delantero
- Luneta trasera
- Retrovisores exteriores
- Faros y pilotos
- Capó y techo (para evitar desprendimientos)
“Conducir con cristales empañados, escarchados o nevados pone en riesgo al conductor y a los demás usuarios”, señala la DGT en su boletín de diciembre 2023. La recomendación: dedicar cinco minutos más cada mañana para evitar sanciones y accidentes.
En pleno invierno y con mínimas bajo cero, la mejor defensa es tener el vehículo preparado y visible. Porque rascar a medias ya no cuela.















