La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña con sede en los Juzgados de Santiago ha condenado a tres años y medio de prisión, así como al pago de una multa de 3.000 euros, al conductor acusado de ser el autor de un delito de homicidio por imprudencia grave, de lesiones por imprudencia grave y de abandono del lugar en un accidente que ocurrió en la madrugada del 3 de octubre del 2020, en un doble carril de una carretera que une Santiago de Compostela con Boqueixón. La sentencia también le impone la privación del derecho a conducir durante cinco años.
El tribunal considera probado en la sentencia que el acusado, mientras conducía un vehículo el 3 de octubre de aquella fatídica madrugada, mantuvo una discusión que le llevó a incrementar la velocidad por encima de la permitida, lo que derivó en un accidente que causó la muerte de una persona y lesiones graves a otra.
“Con el fin de evitar un adelantamiento iniciado por el coche que le precedía, incrementó su velocidad por encima de la permitida, en estado de agitación, en un tramo con ligera curva y con el pavimento mojado por la lluvia, lo que incrementaba el riesgo de perder el control del vehículo y causar daños al resto de usuarios de la vía, como finalmente sucedió”, indica el TSXG. Además, subraya que, a pesar de ser consciente del accidente, continuó su marcha por la carretera N-525, en dirección salida de Santiago, sin detenerse.
Absuelto de los delitos de conducción temeraria y contra la seguridad vial
En el fallo, los jueces explican que fue objeto del debate si el sospechoso consumió alcohol, drogas o sustancias psicotrópicas antes de conducir. Sin embargo, consideran que “no se practicó prueba de cargo suficiente para acreditar esta circunstancia”. La Sala lo absuelve de los delitos de conducción temeraria y contra la seguridad vial. La sentencia no es firme, pues cabe interponer recurso de apelación ante el TSXG.















