La Moncloa refuerza su vigilancia con contratos ‘Reservado’
  1. Sistemas de seguridad del Palacio de la Moncloa
  2. Cámaras de videovigilancia y detección de movimiento
  3. Necesita personal especializado
  4. “Intereses esenciales para la seguridad del Estado”
  5. Información clasificada como ‘Reservado’
  6. Invitó a tres empresas y eligió una
  7. Requisito: habilitaciones de seguridad
  8. Investigación del CNI
  9. Cámaras de la empresa china Hikvision
  10. Sistemas de detección de intrusiones
  11. Sanción al capitán del Ejército de Tierra
  12. Resolución y falta leve según la Ley Orgánica
  13. Recursos presentados por el capitán
  14. Decisión del Tribunal Militar Central
  15. Desconocida actuación que provocó la sanción

Sistemas de seguridad del Palacio de la Moncloa

El Complejo del Palacio de la Moncloa es uno de los recintos más protegidos de España.

Está blindado con numerosos sistemas de vigilancia y seguridad, incluida una red de cámaras de videovigilancia, así como dispositivos de presencia que detectan intrusiones.

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha adjudicado recientemente dos contratos de mantenimiento: uno del sistema de circuito cerrado de televisión (CCTV) del Complejo de la Moncloa y Áreas Especiales en 2025 y 2026, y otro para los sistemas de detección de intrusiones.

Confidencial Digital ha tenido acceso a la documentación de esos contratos, que detalla algunos requisitos que exige para permitir que personal externo acceda a sistemas tan sensibles de La Moncloa.

Cámaras de videovigilancia y detección de movimiento

“El Departamento de Seguridad de la Presidencia del Gobierno cuenta con un sistema de circuito cerrado de videovigilancia compuesto por cámaras ubicadas en el perímetro, controles de acceso y edificios, cuya función es comprobar, mediante el visionado de sus imágenes, la seguridad de las citadas zonas”, se explica en esos documentos.

Algunas de estas cámaras, “no solamente transmiten las imágenes que captan, sino que llevan incorporadas tecnologías para la detección del movimiento a través de un software, por lo que son sistemas de detección incorporados a los elementos anti intrusión perimetrales”.

La red de videovigilancia se mantiene operativa 24 horas al día durante los 365 días del año. “Con el fin de garantizar en todo momento el correcto funcionamiento de los sistemas descritos”, justifica Presidencia, “es necesario un mantenimiento permanente que incluya operaciones preventivas de revisión, así como la inmediatez en la resolución de cualquier incidencia. Asimismo, el mantenimiento asegura la reposición del sistema por la empresa mantenedora al disponer esta de repuesto en caso de un fallo catastrófico por avería”.

El Departamento de Seguridad de Presidencia justificó que carece de los medios personales y materiales para cubrir ese servicio, y por eso optó por contratar los servicios técnicos especializados para el mantenimiento de la red de cámaras de videovigilancia.

Necesita personal especializado

“La extensión y dimensionamiento de los sistemas, así como la creciente complejidad de su estructura requieren que estas operaciones las lleve a cabo personal especializado y homologado, según la normativa vigente en la actualidad”: la Ley 31/1995 de 08 de noviembre de Prevención de Riesgos laborales y el Real Decreto 842/2002 de 02 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrónico para baja tensión.

 

El servicio de mantenimiento afecta a numerosos elementos: las cámaras, el cableado, la electrónica de red, los switches, los servidores de gestión de vídeo, las cabinas de almacenamiento de las grabaciones, el sistema gestor que recibe alarmas de detección de movimiento, los ordenadores… “Estos elementos están ubicados en los edificios del Complejo de la Moncloa, su perímetro y otras Áreas Especiales”.

Por ello, el Departamento de Seguridad de Presidencia del Gobierno consideró que “es necesario tener perfectamente acreditado al personal que accede a las mismas, ya que en la mayoría de los casos se trata de zonas restringidas”.

“Intereses esenciales para la seguridad del Estado”

En esta ocasión, el Ministerio de la Presidencia no convocó un concurso. Tramitó la licitación “sin publicidad”, y lo justificó “por exigirlo así la protección de intereses esenciales para la seguridad del Estado”.

Explicó que “para realizar este mantenimiento es necesario conocer en su integridad el sistema de CCTV del Complejo de la Moncloa y Áreas Especiales (viviendas Presidentes del Gobierno y Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática), primer cinturón de seguridad, junto al de detección, intrusión e incendio, para la protección de las personas y edificios que lo conforman, así como las posteriores incidencias que se puedan producir”.

Además, todas las cámaras existentes en el Complejo de La Moncloa y en lo que se denomina Áreas Especiales están comunicadas con el Centro de Mando de Seguridad (CEMAS), desde el que los responsables del Departamento de Seguridad controlan las zonas protegidas.

Información clasificada como ‘Reservado’

El personal que tiene que realizar tareas de mantenimiento en las cámaras de videovigilancia deben acceder a todos estos puntos sensibles: “Esto supone que las características de los sistemas técnicos a mantener no pueden ni deben ser conocidos por una pluralidad de empresas que, con dicha información, pudieran vulnerar el sistema de seguridad instalado, lo que a su vez conlleva que no se pueda publicitar para realizar las oportunas propuestas”.

La normativa sobre información clasificada permite a Presidencia considerar que los sistemas de seguridad que conforman los planes de protección de seguridad integral de las autoridades y edificios del Complejo de la Moncloa son materia clasificada como ‘Reservado’, el segundo nivel de protección de la información, por debajo de ‘Secreto’.

“Tanto por la gestión de las competencias que el Departamento de Seguridad desarrolla dentro del Sistema de Seguridad Nacional, como por la documentación clasificada manejada dentro del Centro de Situación de la Seguridad Nacional, se requiere una protección especial del contrato con el fin de la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado”.

Presidencia argumentó que el Sistema de Seguridad Nacional sufriría una vulnerabilidad si los detalles sobre los sistemas de seguridad de La Moncloa fueran conocidos por una pluralidad de empresas.

Invitó a tres empresas y eligió una

Todo ello le llevó a tramitar la licitación sin publicidad. Invitó a tres empresas para que realizaran sus propuestas, y así “se menoscabe lo menos posible la referida vulnerabilidad, ya que, en caso de dar a conocer el sistema a un número indeterminado de ellas con capacidad de cumplir el objeto del contrato, y en consecuencia de poder realizar ofertas, incidiría en esa vulnerabilidad”.

Las tres empresas invitadas fueron Innovación Global de Seguridad S.A., SIADDE y Securitas.

El contrato se ha adjudicado a la primera: una vez que se comprobó que cumplía los requisitos de seguridad, el único criterio para decidir el ganador fue el precio, la oferta más ventajosa para la administración. El importe de adjudicación fue de 89.298 euros.

Requisito: habilitaciones de seguridad

Seguridad de La Moncloa puso requisitos importantes a las empresas. Como iba a acceder a información muy sensible, clasificada como ‘Reservado’, exigió que “la empresa adjudicataria deberá cumplir la condición de estar en posesión de la Habilitación de Seguridad de Empresa en grado reservado (HSEM) expedida por el Ministerio de Defensa / Dirección General de Armamento y Material”.

Además las empresas tuvieron que hacer constar que cuentan con un oficial de primera en Seguridad Electrónica y Sistemas de Seguridad con Habilitación Personal de Seguridad (HPS) en vigor.

Además, en caso de sustitución por baja o permisos, debían ofrecer un oficial con el mismo perfil y habilitación profesional, con fecha anterior al plazo de finalización establecido para su presentación.

Para las empresas de nueva creación, “deberán disponer de tres técnicos con HPS en vigor, con fecha anterior al plazo de finalización establecido para su presentación”.

Investigación del CNI

La Habilitación de Seguridad de Empresa (HSEM) y la Habilitación Personal de Seguridad (HPS) son certificados que tramita la Oficina Nacional de Seguridad, dependiente del director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Las personas que pretenden ocupar puestos públicos en los que accederán a información clasificada, las empresas que aspiran a ofrecer servicios a las administraciones públicas en ámbitos sensibles, y los empleados que trabajarán en esos contratos, tienen que obtener esas habilitaciones.

Presentan unas solicitudes, unas declaraciones de seguridad, y a partir de ahí se investigan numerosas circunstancias personales: familiares de esos funcionarios públicos o empleados de empresas, estancias en el extranjero, puestos de trabajo…

Agentes del CNI destinados en la Oficina Nacional de Seguridad realizan esas investigaciones, recurriendo en ocasiones a inteligencia de fuentes humanas (Humint), es decir, hablando con personas del entorno de los investigados.

El objetivo es comprobar que esas personas no tienen vínculos ocultos con servicios de inteligencia, gobiernos extranjeros, colectivos radicales…, y que tampoco muestran alguna vulnerabilidad que podría ser utilizada por potencias extranjeras u organizaciones hostiles a España para chantajearles y que filtren información sensible.

Así que el personal de Innovación Global de Seguridad S.A. que trabajará en el mantenimiento del circuito cerrado de videovigilancia del Palacio de la Moncloa habrá pasado o tendrá que pasar por el filtro del CNI y la Oficina Nacional de Seguridad.

Presentan unas solicitudes, unas declaraciones de seguridad, y a partir de ahí se investigan numerosas circunstancias personales: familiares de esos funcionarios públicos o empleados de empresas, estancias en el extranjero, puestos de trabajo…

Cámaras de la empresa china Hikvision

La empresa elegida también tuvo que presentar “un certificado de las marcas Hikvision y Desico, en el sentido de que están habilitadas para el manejo de sus productos”.

Como ya se contó en estas páginas, las redes de videocámaras del recinto de La Moncloa y también del búnker del Departamento de Seguridad Nacional utilizan tecnología Hikcentral, de la empresa china Hikvision.

Esta empresa lleva años bajo la lupa de gobiernos y organismos de seguridad e inteligencia de países principalmente occidentales, de la OTAN y de la Unión Europea, ante las sospechas de que su tecnología podría servir para recopilar información a la que terminarían accediendo los servicios de inteligencia chinos.

Sobre todo Estados Unidos, pero también otros muchos países, temen que la utilización de teléfonos móviles y routers (como los de Huawei), de videocámaras (de Hikvision), de drones (de DJI) y de otros aparatos sea una puerta de entrada del espionaje chino en recintos físicos y sistemas informáticos muy sensibles de sus respectivas administraciones públicas.

Por eso, las autoridades de la Unión Europea recomiendan reducir la exposición a esas empresas chinas en ámbitos sensibles para la seguridad, ante el riesgo de espionaje.

Sistemas de detección de intrusiones

La misma empresa que se encargará del mantenimiento de las cámaras de vigilancia, Innovación Global de Seguridad, cobrará otros 32.414,69 euros por el mantenimiento de los sistemas de detección de presencia e intrusión del Complejo de la Moncloa y Áreas Especiales.

Aparte de las cámaras, el Departamento de Seguridad de Presidencia del Gobierno cuenta con sistemas de detección de presencia/intrusión, con diferentes fases de señalización y aviso.

“Están compuestos por numerosos elementos detectores, cuyas señales electrónicas se reciben en unas placas de comunicación, conexionadas físicamente mediante cableado con las centrales de alarmas”, de forma que “esta arquitectura permite un conocimiento inmediato de los diferentes incidentes que pudieran producirse de forma que el tiempo de reacción para reponer la normalidad quede reducido al mínimo”.

Presidencia también tramitó la licitación sin publicidad por motivos de seguridad. En este segundo contrato se revisan los elementos detectores y actuadores, que están conexionados a cada una de las centrales de presencia e intrusión:

• Detectores de infrarrojos.

• Detectores volumétricos.

Contactos de puerta.

• Detectores sísmicos.

• Detectores inerciales.

• Otros detectores.

Señalizadores ópticos.

• Elementos actuadores.

Los técnicos deberán, además, poner a punto el sistema gestor que recibe la incidencia (alarma, sabotaje, etc.) y desde el que se trata la misma, así como la electrónica de conmutación centrales, subcentrales y placas de interconexión, fuentes de alimentación y el subsistema informático (software, PCs, impresoras, etc.).

Sanción al capitán del Ejército de Tierra

Por un caso así fue sancionado un capitán del Ejército de Tierra, sanción disciplinaria que el Tribunal Militar Central ha confirmado recientemente.

Lo curioso es que la sentencia consultada por El Chivato sugiere pero no aclara qué actuación llevó a cabo ese oficial para ser sancionado.

Cuando sucedieron los hechos, el capitán estaba destinado en el Regimiento de Infantería ‘Palma’ nº 47, ubicado en Mallorca.

Resolución y falta leve según la Ley Orgánica

El general jefe de la Comandancia General de Baleares dictó el 15 de junio de 2022 una resolución por la que le impuso al capitán cuatro días de arresto domiciliario.

Consideró que había cometido una falta leve del artículo 6.27 de la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que sanciona “acudir de uniforme a lugares o establecimientos incompatibles con la condición militar, comportarse de forma escandalosa o realizar actos contrarios al decoro exigible a los miembros de las Fuerzas Armadas”.

Recursos presentados por el capitán

El militar cumplió el arresto entre el 15 y el 18 de junio, y después presentó un recurso de alzada para intentar borrar esa sanción de su expediente.

El Jefe de Estado Mayor del Ejército (JEME) inadmitió el recurso, por considerarlo extemporáneo. Esgrimió un informe jurídico en el que se argumentaba que el plazo para recurrir la sanción acababa el 7 de julio de 2022, y el capitán había registrado el recurso de alzada el 9 julio.

El oficial del Regimiento de Infantería ‘Palma’ nº 47 no quedó conforme. Decidió dar batalla en el Tribunal Militar Central. Presentó un recurso contencioso-disciplinario militar ordinario, en el que solicitó que se reconociera que había presentado el recurso dentro de plazo, debido a que (según su argumentación) los sábados son inhábiles a efectos de cómputo de plazos, y el Ejército de Tierra había calculado mal los días.

También pidió que se revocara la sanción por falta leve, “por ser contraria al principio de legalidad en su vertiente de tipicidad y antijuridicidad”.

Decisión del Tribunal Militar Central

El Tribunal Militar Central ha desestimado el recurso del capitán y ha confirmado que impugnó la sanción fuera de plazo.

¿Pero qué hizo este oficial del Ejército de Tierra para ser castigado? En esta ocasión la sentencia se centra en la cuestión del cálculo del plazo y si los sábados deben contarse o no.

Desconocida actuación que provocó la sanción

El tribunal no desarrolla los hechos en sí que llevaron al comandante general de Baleares a imponer una sanción disciplinaria a un capitán del Regimiento de Infantería ‘Palma’ nº 47 en virtud del artículo que persigue “acudir de uniforme a lugares o establecimientos incompatibles con la condición militar, comportarse de forma escandalosa o realizar actos contrarios al decoro exigible a los miembros de las Fuerzas Armadas”.

Queda, por tanto, la incógnita de qué actuación o comportamiento del capitán provocó la sanción.

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