“Señores, tengo que poner la sentencia”

“Y con esto, señores, concluyo, que tengo que poner la sentencia del fiscal general”. Con estas palabras se jactaba Andrés Martínez Arrieta, presidente de la sala que condenó al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de sus próximos pasos después de impartir un curso pagado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), primera entidad que presentó querella contra la Fiscalía por posible revelación de secretos.

La persona encargada de redactar el texto que justificará la decisión adoptada tras el juicio a Álvaro García Ortiz y que todavía se desconoce dio un curso junto a otros magistrados que han resultado clave en el devenir de los hechos: Juan Ramón Berdugo y Antonio Moral. Este segundo como director de las sesiones.

Se trata del Curso de casación y turno especial, que tuvo lugar los pasados 17, 18 y 19 de este mes, coincidiendo con las deliberaciones del fallo que han resultado en la renuncia de García Ortiz después de que el Alto Tribunal lo apartara de sus funciones y le interpusiera una multa económica de 7.200 euros. El curso, cuyo objetivo es el de “facilitar los conocimientos suficientes” en los litigios ante las distintas Salas del Tribunal Supremo, se impartió “hace años”, según elDiario.es, pero en la presenta ocasión se inscribieron más de 60 abogados de oficio.

90 euros por ponencia

Por impartir las ponencias, cada magistrado recibió una cantidad diferente del ICAM. Así las cosas, la remuneración era de 90 euros la hora, pero Arrieta habría impartido dos horas de clase, por lo que recibió 180 euros. Por su parte, tanto el directos de la formación como Berdugo habrían obtenido 360 euros. Por su parte, Del Moral ingresó 270 euros más por haber coordinado el curso, lo que deja el montante en 630 euros.

Por orden, el 17 de noviembre impartió su ponencia Del Moral; el 18 lo hizo Martínez Arrieta y el 19 Berdugo. El primero ascendió al Supremo cuando el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) era Carlos Dívar; el segundo es la persona que redactó -o redactará- el documento, como se ha señalado, después de que la mayoría del organismo jurídico rechazara la sentencia absolutoria propuesta por la magistrada Susana Polo; y la tercera mandó la repetición de un juicio “con diferentes magistrados que no tengan comprometida su imparcialidad”.

Defensa del Colegio de Abogados

En este sentido, se refiere a la doctrina del Constitucional que recuerda las líneas fundamentales  acerca del derecho a un juez imparcial. Entre ellas, que dicha imparcialidad se garantiza cuando el magistrado “no ha mantenido relaciones indebidas con las partes” o que la garantía de la imparcialidad objetiva “pretenda evitar toda la meditación, en el ámbito penal, del enjuiciamiento a realizar en la instancia o a revisar en vía de recurso”.

El Colegio de Abogados se presentó como acusación por posible revelación de secretos en el caso que concierne a la pareja de Ayuso. En mayo de 2024, la entidad ratificaba la querella después de que en marzo la Fiscalía Provincial de Madrid emitiera una nota de prensa en la que, alude, revelaba datos del correo electrónico que la pareja de la presidenta ‘popular’ había enviado al organismo para solicitar un acuerdo y evitar la pena de cárcel después de reconocer sus delitos fiscales.

En la querella, el Colegio se basa en la nota de prensa, por donde parece que podría pasar la reciente condena -habrá que esperar a la sentencia que el TS no ha facilitado todavía-, entendiendo que, junto a otros soportes, “ofrecen indirectamente caracteres constitutivos de un delito de revelación de secretos” que aparece penado en el artículo 417.2 del Código Penal.

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