El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado en septiembre por el Gobierno de España contra la ley de energía de Aragón. La resolución afecta a varios de los artículos de la norma 5/2024 que hacen referencia fomento de comunidades energéticas y al autoconsumo industrial. Argumenta que su actual redacción «quiebra el principio constitucional de igualdad entre los españoles y vulnera competencias estatales».
En concreto, quedan suspendidos los artículos 4 apartado 3; 11; 58; 59; 60 apartados 1, 2 y letras a), b) y c) del apartado 3; 61; 62, y disposición adicional tercera, informa el Constitucional en una nota de prensa. Sobre estos puntos no fue posible alcanzar un acuerdo en la negociación en la que la comisión bilateral Aragón-Estado acordó iniciar en relación con 24 preceptos de la ley aragonesa sobre los que existían discrepancias competenciales.
De este modo, el pleno del Constitucional ha decidido suspender su vigencia y aplicación desde la fecha de interposición del recurso, es decir, desde el 25 de septiembre a partir de que la decisión aparezca publicada en el Boletín Oficial del Estado.
El Gobierno de Aragón, por su parte, ha señalado que seguirán defendiendo la constitucionalidad de la ley de energía, aprobada en las Cortes de Aragón por amplia mayoría y defienden que siempre han hecho gala «de una intensa voluntad de diálogo para llegar a un acuerdo entre ambas administraciones».
Por el momento, en vistas del recurso, lamentan que se va a ralentizar «el desarrollo de proyectos energéticos que generan empleo, riqueza y oportunidades» y además han criticado «el intento del Gobierno central por invadir competencias autonómicas en materia de ordenación del territorio, limitando el impulso al autoconsumo a pesar de la saturación que actualmente tiene la red de distribución».
En su argumentación para presentar el recurso, el Estado alegó que los preceptos que se consideran inconstitucionales invaden competencias estatales y establecen un subsector eléctrico diferenciado en Aragón desde el punto de vista normativo que se rige, en algunos casos, por normas especiales y categorías no previstas en la normativa básica estatal.
En definitiva, apuntaron que se establece en algunos casos un sistema paralelo en lo que concierne al sector eléctrico estatal y europeo, vulnerando abiertamente la normativa básica estatal y las competencias previstas en la Constitución Española.
El establecimiento en algunos casos de unas reglas de mercado energético distintas a las previstas en el resto del territorio español termina por conducir a una abierta vulneración de los principios de competencia que han de regir en todo el territorio, aseguraron desde el gobierno central.
Y podría suponer que las personas físicas y jurídicas de Aragón que operen en el territorio gocen de una posición privilegiada de acceso al sistema eléctrico, tanto en lo que concierne con la distribución como en la generación de energía.














