El Gobierno y las autonomías han alcanzado un acuerdo este lunes, en la Conferencia Sectorial de Igualdad, destinado a cumplir con uno de los mandatos de la ley ‘sí es sí’ que aún estaba pendiente: el procedimiento básico y los requisitos comunes y necesarios para adquirir la condición de víctima de la violencia sexual y poder acceder así a los derechos, recursos y servicios reconocidos en la normativa estatal.
La conferencia sectorial ha acordado que podrán solicitar la acreditación administrativa como víctima todas aquellas mujeres, niñas, niños y adolescentes o sus representantes legales, que hayan sufrido algún tipo de violencia sexual, hayan o no presentado denuncia. Pero, además, también podrán solicitar la condición aquellas denunciantes que cuenten con una sentencia absolutoria o no hayan podido probar la existencia de violencia, se les haya denegado la orden de protección o la adopción de medidas cautelares -o hayan quedado inactivas- o su procedimiento haya sido archivado o sobreseído.
Asimismo, podrán solicitar la acreditación quienes hayan interpuesto denuncia pero su procedimiento penal esté en trámite o las que cuenten con sentencia condenatoria firme con pena o penas ya extinguidas por cualquier causa, siempre que no haya trascurrido un plazo de cinco años a contar desde el día siguiente de la notificación. También quienes hayan retirado la denuncia.
Según ha explicado el Ministerio de Igualdad, la acreditación como título administrativo tendrá eficacia en todo el territorio español y una vigencia de cinco años, a contar desde el día siguiente al de la emisión o desde que la víctima cumpla la mayoría de edad, si la acreditación se emitió siendo esta menor de edad. Transcurrido ese plazo de cinco años, podrá solicitarse nuevamente.
Las ayudas
Para llegar a este acuerdo, Igualdad puso en marcha un grupo de trabajo con las autonomías, Ceuta y Melilla, que se ha reunido en ocho ocasiones. Además, en 2023 se creó una partida presupuestaria destinada a hacer frente a las ayudas económicas que implica la condición de víctima de la violencia sexual, que ya está a disposición de las comunidades autónomas para su gestión.
Por otro lado, el ministerio recuerda que, con independencia de la acreditación administrativa, son títulos habilitantes que certifican las situaciones de violencia sexual y, por tanto, dan acceso a las víctimas a sus derechos legales las sentencias condenatorias, las órdenes de protección, o cualquier otra resolución judicial que declare la existencia de violencia sexual o acuerde una medida cautelar a favor de la víctima; así como un informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia sexual.
Por otro lado, el Ministerio de Igualdad ha aprovechado la Conferencia Sectorial para informar a las comunidades sobre el nuevo fallo técnico que sufrieron, el pasado 11 de noviembre, las pulseras de control telemático de maltratadores, que provocó una sobrecarga del sistema, que obligó a activar el protocolo de protección a las víctimas y que se solucionó ese mismo día.
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