Cero condenas en casos de delitos sexuales

Desde 2020 España está viviendo un aumento generalizado de las denuncias por delitos contra la libertad sexual (más de un 60%), según refleja el último Balance de la Criminalidad publicado recientemente por el Ministerio del Interior. Además, en algunas comunidades autónomas como Cataluña, la situación se ha agravado hasta el punto de llegar a triplicarse las violaciones, pasando de las 419 denuncias entre enero y septiembre de 2019, a las 1.280 entre los mismos meses de 2024 (el 32,4% del total de todo el país).

Este incremento de las denuncias viene acompañado de una mayor sensibilidad social y mediática hacia este tipo de casos. Sin embargo, la complejidad probatoria y las reformas legislativas recientes con la conocida Ley del “solo sí es sí” a la cabeza, han planteado nuevos desafíos en la práctica judicial y en la forma de abordar las defensas penales.

En este contexto, la figura del letrado penalista especializado cobra una relevancia decisiva. Uno de los despachos que más ha destacado por su experiencia y resultados en este ámbito es el de Álvaro Escudero, cuyo bufete cuenta con una tasa de éxito del 100 % en procedimientos de esta índole, tanto en fase de instrucción como en juicio oral. Este dato le sitúa como uno de los mejores abogados expertos en delitos sexuales.

 Conversamos con él para saber cómo afronta la defensa de este tipo de acusaciones, por qué la especialización resulta clave para garantizar una defensa sólida y qué cambios percibe en la justicia penal española.

En los últimos años hemos visto que han aumentado las denuncias por delitos sexuales. ¿A qué cree que se debe este incremento?

Este aumento se explica por varios factores. En primer lugar, por un cambio cultural evidente. Y es que, hoy se denuncia más porque existe mayor conciencia social, más apoyo institucional y menos tolerancia hacia conductas que antes quedaban silenciadas.

Ahora bien, también hay que decirlo con claridad. En paralelo, se ha producido un incremento de denuncias de carácter instrumental, especialmente en contextos de conflictividad personal intensa. Los tribunales se han encontrado con procedimientos que, tras una investigación completa, terminan archivados o con sentencia absolutoria porque la acusación era insostenible.

Muchos de estos procedimientos son complejos y emocionalmente delicados. ¿En qué se diferencia la defensa penal en un delito sexual de otros delitos?

La primera particularidad que no se da en otros procedimientos es que la carga emocional es muy elevada. Desde el primer momento, la persona acusada soporta un estigma social muy fuerte, incluso, antes de que exista una sentencia. Eso condiciona tanto su vida personal como el propio proceso.

Además, la complejidad probatoria es mayor. En la mayoría de estos casos no hay testigos presenciales ni pruebas directas, de modo que el procedimiento gira, en gran parte, en torno a las declaraciones de los implicados y valoraciones periciales.

Esto exige un trabajo jurídico muy fino: analizar cada detalle, cada contradicción, cada pericial y cada elemento periférico que pueda confirmar o desmentir los hechos denunciados.

Su despacho ha logrado un 100 % de éxito en los casos de delitos sexuales que ha defendido. ¿Cómo se explica una tasa tan excepcional?

Hasta ahora no hemos tenido ningún cliente condenado en primera instancia en procedimientos en los que hemos llevado la defensa. Esto quiere decir que todos los casos se han resuelto con archivos o sentencias absolutorias. Y la razón es porque en el despacho abordamos la defensa con una estrategia integral en tres planos: fáctico, jurídico y pericial.

En el plano fáctico, nuestro trabajo consiste en identificar contradicciones y vacíos en el relato acusatorio para reconstruir los hechos tal y como sucedieron realmente, sin sesgos.

En el plano jurídico, analizamos si la conducta denunciada encaja realmente en un tipo penal concreto y, en su caso, qué circunstancias atenuantes o agravantes podrían influir en el resultado.

Y, en el plano pericial, nos apoyamos en informes especializados (psicológicos, psiquiátricos, médicos, ginecológicos o incluso informáticos) que permiten dar validez o cuestionar pruebas. Cada caso requiere un abordaje técnico distinto.

Eso sí, somos realistas y conscientes de que el resultado no depende únicamente de nuestro trabajo y de que llegará el momento en que se produzca esa primera condena. Por ello, nunca podemos prometer un resultado, pero sí un trabajo diligente que incremente las posibilidades de ganar. 

¿Y cómo es la defensa cuando les contrata un cliente que ya ha sido condenado y quiere recurrir?

En estos casos el margen es mucho más limitado, porque en fase de recurso de apelación no se pueden introducir pruebas nuevas ni rehacer lo que no se planteó en juicio.

Por eso, insistimos tanto en la importancia de contar con una defensa especializada desde el primer momento.

¿Cuál suele ser el error más habitual de las personas acusadas de un delito sexual cuando se enfrentan a un proceso penal?

Uno de los fallos que más suele darse es negar la existencia de relaciones sexuales cuando en realidad sí se han producido, dando por hecho que admitir la existencia de contacto sexual va a suponer reconocer que hay agresión sexual. 

Sin embargo, la experiencia nos ha demostrado que, cuando sí se han producido relaciones sexuales de algún tipo, es más óptimo abordar la defensa para discutir si hubo consentimiento o no

Por otro lado, en ocasiones se opta por acogerse al derecho a no declarar cuando sí conviene dar algunas explicaciones. Por ejemplo, para evitar entrar en prisión provisional. Y, al contrario, hay otros casos en los que se declara abiertamente desde el inicio, cuando por estrategia procesal sería mejor callar hasta el juicio. 

La Ley del ‘solo sí es sí’ ha generado cierta confusión jurídica. ¿Qué valoración hace de su aplicación y de sus efectos reales en los tribunales?

La Ley del ‘solo sí es sí’ ha sido un error legislativo de enormes dimensiones. Se vendió a la ciudadanía como una norma para reforzar la protección de las víctimas, pero su aplicación real ha supuesto rebajas de condena y excarcelaciones.

Los tribunales no han tenido alternativa, ya que el Código Penal obliga a aplicar la norma más favorable al reo. El problema no ha estado en los jueces, sino en una reforma mal diseñada que ha generado inseguridad jurídica y un efecto contrario al que decían pretender. 

En casos mediáticos o sensibles, ¿Cómo se protege el derecho de defensa frente al juicio social o de la prensa?

El derecho de defensa se ve seriamente comprometido en los casos mediáticos. Hoy en día, además de abrirse un procedimiento judicial, una denuncia por delito sexual también propicia un juicio paralelo en redes sociales y medios de comunicación. Y ese juicio social suele adelantarse a los hechos, etiquetando como culpable al acusado antes incluso de que se practiquen las pruebas.

La presunción de inocencia es un principio constitucional pero, en la práctica, hay que pelearla cada día, porque este juicio mediático tiende a invertirla. Y es que, primero se condena y, luego, tal vez, se escucha la defensa.

Nuestra labor, en estos casos, es doble. Por un lado, tenemos que garantizar que en el proceso judicial se respeten todas las garantías, trabajando cada detalle de la defensa. Por otro, debemos proteger al cliente del desgaste personal y social que conlleva estar expuesto públicamente.

En nuestro despacho penalista, por ejemplo, contamos desde hace tiempo con un servicio de apoyo psicológico a nuestros clientes y clientas, por parte de una psicóloga clínica, que no tiene coste adicional para ellos.

¿Qué consejos daría a una persona que se enfrenta a una acusación de este tipo y busca al mejor abogado en delitos sexuales para su defensa?

Lo primero es entender que una acusación por un delito sexual es probablemente una de las situaciones más graves y delicadas a las que alguien puede enfrentarse. Mi consejo principal es actuar con rapidez. Desde el primer momento hay que contar con un abogado especializado, porque lo que no se hace en la fase inicial del procedimiento difícilmente se puede corregir después.

También es fundamental elegir un abogado que se dedique de verdad al Derecho Penal y que tenga experiencia concreta en este tipo de delitos y que inspire confianza y cercanía.

Por tanto, decantarse por el  mejor abogado en delitos sexuales para cada caso concreto no es una elección basada únicamente en parámetros objetivos, como por ejemplo la tasa de éxito. También es una elección que debe basarse en la confianza que te inspire la persona que debe defenderte de esas acusaciones. Me refiero a cómo atiende al cliente, cómo planifica la defensa, o si es capaz de abordar la mejor defensa sin juzgar moralmente al denunciado, entre otras cosas.

La confianza entre cliente y letrado en un procedimiento de este tipo tiene que ser absoluta, porque lo que está en juego, que no es solo una condena, también la vida entera de la persona acusada.

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