Igualdad responde a las dudas jurídicas sobre que la reforma constitucional que no «devaluará» el derecho al aborto: «Garantizamos la prestación»

La decisión del Gobierno de reconocer el derecho al aborto en un nuevo apartado del artículo 43 de la Constitución, es decir, entre los principios rectores y no entre los derechos fundamentales que recoge el título I ha despertado críticas. Sumar, por ejemplo, ha pedido al PSOE mejorar la propuesta porque «una referencia genérica no sirve para nada», mientras que juristas y expertos han alertado que su inclusión entre los principios rectores tiene efectos más limitados y menos alcance en el ámbito de las garantías. Algunos, incluso, afirman que se «desprotege» un derecho ya reconocido por la ley del aborto . Sin embargo, fuentes del Ministerio de Igualdad niegan que la fórmula elegida «devalúe» el derecho y defienden el procedimiento, dada la necesidad de «garantizar la prestación».

Fuente