El juez Peinado tilda de «fundamental» a Sánchez en la causa judicial de Begoña Gómez por su «parentesco»

El juez Juan Carlos Peinado no desiste en su instrucción judicial contra Begoña Gómez. En el auto que trascendió este miércoles, el magistrado titular del Juzgado Número 41 de Madrid tilda como pieza “fundamental” al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez”, por su “relación de parentesco” con la investigada y los delitos por los que la acusa.

Según ha recogido este jueves elDiario.es, el juez Peinado considera que su matrimonio y, por ende, su relación familiar “es la causa que se considera fundamental para poder apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias y, como consecuencia de ellos, los posibles restantes delitos”.

De esta manera, el magistrado apunta que, sin este “vínculo” con el mandatario dl Ejecutivo central, “difícilmente” Begoña Gómez y el resto de investigados en la causa -en alusión a su asesora en la Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés- “pudieron poner en práctica las conductas” que el magistrado considera delito.

Y es que la relevancia en la causa que brinda el magistrado al presidente del Gobierno se concentra en la “conexidad” entre el tráfico de influencias y el resto de delitos en la pieza principal, que cabe recordar que son corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo.

El empeño por el jurado popular

Ahondando en la razón de ser del auto que trascendió este miércoles, el juez Peinado está intentando por todas las vías que la mujer del presidente del Gobierno sea juzgada, si el caso llega hasta tal punto, por un jurado popular, es decir, compuesto por miembros de la ciudadanía y no expertos magistrados.

El próximo lunes 6 de octubre, el magistrado ha vuelto a citar a Gómez a las 17:30 horas a comparecer para informarle de su decisión, cita a la que no acudió el pasado sábado ateniéndose a la Ley del Jurado y una circular de la Fiscalía de 1995.

Ante esta decisión, la defensa de Begoña Gómez, encabezada por el letrado y exministro socialista Antonio Camacho, recurrió ante la Audiencia Provincial de Madrid para pedir que corrija este movimiento del instructor, defendiendo así que no existen indicios de que la investigada participara en el nombramiento de su asesora en Moncloa “ni en el pago de emolumentos”, tampoco para “incoar el procedimiento del tribunal del jurado”.

«Es indiscutible que como cónyuge del presidente del Gobierno ni tiene mando o jurisdicción propia ni participa en el ejercicio de funciones públicas«, añadió su defensa.

La denuncia de Manos Limpias, origen de la causa

Cabe recordar que el juez abrió la pieza principal en abril de 2024 a raíz de una denuncia presentada por Manos Limpias en la que se acusaba a Gómez de haberse valido de su condición de esposa del presidente del Gobierno para recomendar a empresarios, como el investigado Juan Carlos Barrabés, que se presentaban a licitaciones públicas.

Por dichos hechos, el instructor imputó a Gómez presuntos delitos de corrupción en los negocios y tráfico de influencias. Es por este último delito que el juez entiende que todo el caso debe ser juzgado por un jurado popular, porque está incluido en la lista de delitos que son competencia exclusiva del tribunal del jurado y arrastra al resto a ser juzgados bajo la misma fórmula.

Tras abrir la pieza principal, el juez fue abriendo nuevas ramas de investigación consecuencia de otra querella presentada por Vox por presuntas irregularidades en el registro del ‘software’ de una cátedra de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que codirigía Gómez. En este punto, el instructor imputó a la esposa de Pedro Sánchez los presuntos delitos de apropiación indebida de marca e intrusismo.

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