El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la tramitación urgente del nuevo registro horario digital, tal y como quería la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Pero la elaboración definitiva y definición de su contenido deberá esperar ante la falta de acuerdo con el PSOE.
Según señala el texto aprobado, la idea es utilizar esta vía rápida para sacar adelante el proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia de registro de jornada.
De esta forma, cuando pase todos los trámites y lo apruebe el Gobierno, no tendrá que pasar el trámite parlamentario para instaurar el nuevo registro horario. Otra cosa será definir su articulado entre los dos socios de Gobierno ante las reticencias mostradas por Carlos Cuerpo y la patronal.
El problema está en que pretende conectar en tiempo real al Ministerio y la Inspección de Trabajo con los datos de las empresas, para controlar los excesos de jornada. Y esa cesión de datos hay que delimitarla desde el punto de vista jurídico para que no perjudique a la gestión de las empresas.
La decisión de Trabajo de tramitar de urgencia el nuevo registro horario responde a que el proyecto de ley para la rebaja de la jornada laboral hasta las 37,5 horas semanales, en la que se contemplaba la reforma del registro horario, fue rechazado en el Congreso con los votos de Junts, PP y Vox.
No obstante, el texto definitivo del proyecto debe terminar de elaborarse todavía, sobre todo para ajustarlo a las críticas y temores que ha recibido desde la patronal, por lo que supone el trasvase de datos empresariales y personales en tiempo real a una administración pública.
El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha mostrado las primeras dudas sobre el contenido de esa reforma. No se trata tanto de entorpecer el trámite de urgencia como de controlar lo que establezca como obligación para las empresas y el trasvase de información en tiempo real.
Díaz siempre ha dicho que, más que a reducir la jornada semanal a 37,5 horas, los empresarios temen la puesta en marcha de este nuevo sistema de control horario con el que se pretenden poner fin a las más de 2,6 millones de horas extraordinarias sin retribuir que se realizan en España cada semana.
El texto ya articulado con las alegaciones del trámite legal se sacará a audiencia pública para informar a los ministerios competentes en la materia y a los órganos consultivos, que son el Consejo de Estado y, seguramente, la Agencia de Protección de Datos.
Tras ello, se deberá informar a los órganos colegiales -Comisión de Asuntos Económicos y Comisión de Secretarios de Estado- y, una vez la Comisión de Secretarios de Estado le dé el visto bueno, irá al Consejo de Ministros, donde se aprobará y enviará directamente al Boletín Oficial del Estado (BOE) sin necesidad de convalidación en el Parlamento.
Una vez se publique en el BOE, Trabajo tiene claro que la patronal impugnará la normativa en los tribunales al igual que ha hecho con «todos» los reglamentos, aunque desde el Departamento encabezado por Yolanda Díaz aseguran que esta normativa tiene «base legal».
Para Trabajo y CCOO y UGT, la reforma del registro horario es «clave» para atajar el «fraude masivo» de horas extraordinarias no pagadas, no cotizadas y no declaradas que se produce cada semana en España.
El Ministerio defiende en el texto sometido a consulta pública previa que la existencia de un registro de jornada tiene por objeto proteger a los trabajadores, «no sólo en los aspectos retributivos de su relación laboral sino en su derecho al respeto a la conciliación de la vida familiar y personal y a la protección de la salud».
Acceso remoto
El reglamento a desarrollar del registro horario, explica Trabajo, deberá garantizar la realización personal y directa de los asientos por parte de los trabajadores, así como la identificación de las interrupciones.
«Ello podría determinar la posibilidad de requerir que el registro sea electrónico, con mecanismos de verificación de la identidad», añade el Ministerio.
Además, se deberá registrar toda la jornada, aunque «cabe prever que se señale si el tiempo de trabajo es efectivo o de disponibilidad, o si las horas son ordinarias o extraordinarias». «Esta calificación permitirá identificar más incumplimientos de la normativa, con las consecuencias que legalmente procedan», precisa.
Al mismo tiempo, la norma ha de contemplar el control de las modificaciones de los asientos, pudiéndose incluir obligaciones específicas como la de que los representantes sindicales obtengan copias del registro con una cierta periodicidad o que deban estar presentes para modificar el registro.
El Ministerio reconoce que el reglamento del nuevo registro no incluirá el incremento de las sanciones por incumplimientos en las horas trabajadas que sí contemplaba el proyecto de ley de rebaja de jornada, aunque no renuncia a poder actualizarlas de alguna manera.
«Nuestra idea es hacer que el registro horario pueda ser eficaz en pocos meses, lo que tarde, y que nos hagamos cargo de los elementos que dice no sólo el Estatuto de los Trabajadores sino la jurisprudencia europea, que dice que tiene que ser fiable, objetivo y accesible», exponen.











