La mayoría de los parados aprovechan su tiempo para formarse, adquirir nuevas habilidades y potenciar su desarrollo profesional con el objetivo de mejorar sus futuras oportunidades laborales. Sin embargo, existe otro grupo que opta por gastar sus ingresos mensuales en viajar mientras no tienen empleo. Esta decisión puede implicar un riesgo, ya que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podría suspender la prestación si considera que se incumplen las condiciones establecidas. Así lo ha explicado el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, experto en temas legales y divulgador en la cuenta @laboral_tips.
El SEPE tiene establece condiciones muy estrictas a las personas que están cobrando el subsidio por desempleo. Además de limitar la duración de esta prestación a un máximo de dos años, el organismo exige cumplir una serie de requisitos obligatorios para acceder al ingreso. Una de esas exigencias afecta a dónde pasas tu tiempo mientras lo cobras.
Los parados viajeros pueden tener un problema
Si estás cobrando el paro y planeas viajar, es muy importante que conozcas las reglas del SEPE. Si no cumples con los requisitos, puedes perder total o parcialmente la prestación. La normativa establece diferentes situaciones según la duración de la estancia fuera de España y exige comunicación y, en algunos casos, autorización previa. Si vas a estar en algún municipio dentro del territorio nacional no te preocupes, porque seguirás ingresando el paro con total normalidad.
Viajes cortos: menos de 15 días
En desplazamientos breves, de hasta 15 días, no hagas nada, porque no te influye la cancelación del paro. Los beneficiarios pueden salir del país, pero deben comunicarlo al SEPE. «Si se cumple este requisito, la prestación no se interrumpe y se continúa cobrando con normalidad», explica Ignacio De la Calzada. Esta regla permite pequeñas vacaciones o visitas familiares de hasta dos semanas sin que afecte a los derechos del desempleado. La clave es notificar la salida y la fecha de regreso, evitando cualquier inconveniente legal o administrativo.
Estancias de entre 15 y 90 días
A partir de las dos semanas cambian las circunstancias. Cuando los viajes se extienden entre quince y noventa días, el SEPE pide una autorización del desplazamiento. Automáticamente, la prestación se suspende temporalmente durante la estancia fuera de España. Al regresar, se reanuda el ingreso, siempre que se haya cumplido el procedimiento. El abogado destaca que este mecanismo protege tanto al beneficiario como al sistema, garantizando que la ayuda se use de manera correcta mientras se mantiene la posibilidad de continuar recibiéndola tras la vuelta.
Estancias de 90 días a un año
Si la estancia en el extranjero supera los noventa días, 3 meses, pero no llega a un año, la suspensión de la prestación es obligatoria. Solo se puede reanudar al regresar si el viaje responde a motivos específicos reconocidos por el SEPE, como programas de formación, cooperación o búsqueda de empleo en el extranjero. El abogado señala que «estas excepciones buscan fomentar la capacitación y la movilidad laboral internacional, siempre dentro de los marcos legales establecidos».
Estancias superiores a 12 meses
Por último, si el beneficiario permanece fuera de España más de doce meses, se entiende que ha cambiado su residencia y, por lo tanto, pierde el derecho a cobrar el paro. «En estos casos, no hay posibilidad de reanudar la prestación al regresar», aclara Ignacio De la Calzada. Además, incumplir cualquier requisito puede provocar que el SEPE reclame los ingresos que se han hecho indebidamente, lo que obligaría al parado a devolver el dinero.
Ignacio de la Calzada incide en la importancia de cumplir con la normativa para no perder tu paro: «Más vale que respetes la ley y notifiques al SEPE cualquier viaje. No te dejes engañar ni arriesgues la prestación». Si conoces estos límites y las obligaciones del SEPE, los beneficiarios de una prestación por desempleo podrán planificar sus viajes al extranjero sin perder los derechos que le corresponden.













