El Congreso de los Diputados ha dado luz verde esta semana a la ampliación del permiso por nacimiento de hijo y a la creación de los nuevos permisos parentales, que conceden más semanas de ausencia justificada para los trabajadores que tengan o adopten un niño.
El real decreto convalidado por una amplia mayoría de parlamentarios y sin ningún voto en contra entra en vigor de manera inmediata, si bien algunos de sus beneficios más importantes todavía tardarán unos meses en poder estar accesibles para la ciudadanía y hay medidas especiales para familias monoparentales.
El principal beneficio es que los progenitores pasan a tener un total de 19 semanas de permiso retribuido, frente a las 16 semanas vigentes hasta la fecha y podrán solicitarlo trabajadores de sector privado, público y autónomos. Estas son las principales claves de la medida.
Una de las principales novedades es la ampliación en una semana de los permisos de paternidad o maternidad. Hasta ahora un trabajador tenía derecho a un total de 16 semanas por nacimiento o adopción de un menor, seis de las cuales deben disfrutarse de manera ininterrumpida justo tras el nacimiento del niño.
Con la modificación de la norma entra en vigor de manera inmediata la ampliación en una semana. Es decir, se pasa de 16 a 17 semanas por nacimiento o adopción.
A esas 17 semanas por nacimiento se añaden dos más por lo que se conoce como permiso parental. En total, el padre o madre podrá ausentarse de su puesto de trabajo un total de 19 semanas. No obstante, las dos semanas de permiso parental no hace falta que las disfrute automáticamente tras el nacimiento de la criatura, sino que tiene tiempo hasta que esta cumpla ocho años de edad.
Todo ese tiempo (17+2) es permiso retribuido, si bien la ley también contempla seis semanas adicionales de permiso parental que el trabajador puede solicitar también hasta que el menor cumpla ocho años de edad. La diferencia es que esas seis semanas adicionales no son retribuidas, así que solo podrán permitírselas aquellos trabajadores que puedan estar ese tiempo ausentes sin sueldo.
Las familias monoparentales tiene un estatus especial en la nueva regulación, con el objetivo de proteger al menor y no generar discriminaciones. Recogen, en este sentido, las distintas sentencias que han ido saliendo al respecto desde tribunales europeos y que dotan de mayor protección a este tipo de familias.
Por norma general, las familias monoparentales tendrán derecho a casi el doble de semanas de ausencia, lo que le permite al niño o niña disfrutar prácticamente del mismo tiempo con su padre o madre que el que pasaría si tuviera dos progenitores. Serán, en consecuencia, un total 32 semanas de permiso, 28 de esas semanas por nacimiento y las cuatro restantes por permiso parental.
La ampliación de los permisos de paternidad o maternidad, así como la creación del permiso parental, se hacen garantizando gran parte del salario del trabajador. La Seguridad Social abonará el 100% de la base reguladora, un concepto que aparece en la nómina de todo trabajador, que es prácticamente lo mismo que el salario bruto, pero que no contempla algunos conceptos salariales que el trabajador puede percibir o no. Ahí dependerá en cada caso.
Por ejemplo, algunos conceptos salariales que no computan a efectos de base reguladora son las dietas, las compensaciones por uso de materiales o los gastos de kilometraje, entre otros. Si bien la mayoría de trabajadores pueden decir que su base reguladora es igual que su sueldo.
Tanto el permiso por nacimiento de hijo como el parental si bien deben comunicarse a la empresa, a quien hay que solicitarlos es a la Seguridad Social, que es la que acabará pagando el salario del empleado durante su ausencia. El trámite se puede realizar online, siempre si uno dispone de certificado digital o usuario y contraseña en Cl@ve, a través del portal ‘Tu Seguridad Social’. En el siguiente vídeo la Seguridad Social indica los pasos a seguir.
También existe la posibilidad de pedir cita presencial en una de las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social y tramitar las prestaciones desde allí con ayuda de los profesionales públicos.
Las medidas incorporadas en el real decreto 9/2025, que ha sido convalidado por el Congreso esta semana, entraron en vigor el 31 de julio de 2025. Aunque con algunos matices, ya que una parte entra en vigor antes y otra después. Los efectos del real decreto tienen efecto retroactivo a fecha de 2 de agosto de 2024. Y es que el Gobierno ha acabado aprobando por presión de Europa, ya que esto viene de una directiva común de obligada transposición que España debería haber estado aplicando desde agosto del año pasado.
Esto significa que aquellas personas que hubieran tenido o adoptado un hijo a partir de agosto del 2024 podrían ejercer una semana adicional de permiso por nacimiento.
Esta es la parte que entra en vigor antes y luego hay otra, la de los permisos parentales, que entra en vigor después. Las dos semanas de permiso parental retribuido todavía no se pueden pedir y se podrán ejercer a partir del 1 de enero de 2026.
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