Aunque de momento no le ha dado frutos, la estrategia de la defensa del exsecretario de organización socialista Santos Cerdán no cambia. En un escrito presentado este mismo lunes ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo solicita su puesta en libertad inmediata con el argumento principal de que la causa por presunta corrupción conocida como caso Koldo se dirigió contra él para «influir en la acción del Gobierno», lo que constituye, asegura, «un uso perverso del Derecho».
Para dar credibilidad a esa versión resulta imprescindible desacreditar la investigación dirigida por el teniente coronel al frente de las investigación de los delitos económicos en la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, Antonio Balas, cuya declaración como testigo solicita, al considerar que ha realizado «trasvases injustificados de información» entre distintas causas, según los escritos de petición de libertad y solicitud de diligencias que ha presentado esta misma mañana y a los que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. Uno de los abogados de Cerdán, Jacobo Teijelo, está llamado a declarar como testigo en un juzgado madrileño por reunirse con la exmilitante socialista Leire Díez para maniobrar contra el mando del Instituto Armado.
En una línea muy parecida a por la que pidió el amparo al Tribunal Constitucional el pasado julio, iniciativa en la que se espera que se produzca un primer pronunciamiento esta misma semana, los abogados de Santos Cerdán, Benet Salellas y Jacobo Teijelo, explican que el instructor del caso Koldo en la Audiencia Nacional, el juez Ismael Moreno, autorizó revisar todas las comunicaciones intervenidas en la causa mediante un auto del pasado 4 de febrero.
Vinculan esa decisión con que el 22 de enero anterior, «por primera vez en la legislatura, PP y VOX votaron con Junts contra la convalidación del decreto ómnibus», lo que «abría una importante crisis en el apoyo parlamentario al Gobierno» y el expolítico preso «era el encargado de renegociar los acuerdos con Junts». La petición de libertad destaca que justo el mismo día en que se dicta el auto el partido liderado por Carles Puigdemont registró en el Congreso de los Diputados una propuesta para moción de confianza.
El juez Moreno justificó su decisión de que se revisaran los audios intervenidos a Koldo García, exasesor del exministro José Luis Ábalos, en la declaración que el comisionista Víctor de Aldama había prestado voluntariamente en noviembre en la que vinculó a Santos Cerdán y al ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, con la presunta trama de corrupción investigada, aunque la implicación del canario no se ha visto confirmada.
En opinión de Salellas y Teijelo, esa revisión de las comunicaciones que afectaba a diputados y, por tanto, aforados, supuso «una frontal violación del derecho a la inviolabilidad e inmunidad de los miembros del poder legislativo en relación al derecho fundamental a la participación política«, de la que reclaman se informe al Congreso. Critican lo que consideran «una acción de pesquisa general contra miembros de partidos políticos de modo indiscriminado» y recuerdan que «utilizar litigios penales para influir en la acción de gobierno es un uso perverso del derecho».
Cuestionar las pesquisas
Como ya plantearon en julio, insisten en que están en inferioridad de condiciones respecto a Anticorrupción y las acusaciones, porque no cuentan con todas las pruebas existentes en el procedimiento, ya que no están personados en la Audiencia Nacional, sino en el Supremo, dado que Ábalos no renunció al acta de diputado y ello obliga a que solo le pueda investigar el alto tribunal, lo que ha arrastrado con él, a su exasesor Koldo García, a Aldama y al propio Cerdán, aunque este sí renunciara al escaño.
El escrito en el que solicita la libertad, de 23 páginas, sostiene que las pruebas en las que se basa la acusación del expolítico navarro no tienen cobertura constitucional, porque se trata de supuestas grabaciones realizadas por el imputado que da nombre a la trama, pero cuya autoría él mismo ha negado en una entrevista en televisión. En cualquier caso, añade, «no puede restringirse el derecho a la intimidad cuando una persona actúa con ánimo de engaño como ‘cuasipolicía’ o larga mano de la policía» o, como considera «evidente (…) bajo la dirección policial», lo que haría que se tratara de «una prueba absolutamente nula».
Para que el magistrado de la causa en el Supremo, Leopoldo Puente, llegue a la misma conclusión de la defensa, los abogados han presentado otro escrito, este de 41 páginas, en el que solicitan que preste declaración el teniente coronel Antonio Balas y el comandante de la Guardia Civil Rubén Villalba, imputado en la Audiencia Nacional, bajo la acusación de haberse concertado con Aldama para proporcionar móviles a la trama.
El escrito no menciona a Balas por su nombre; lo identifica diciendo que «al parecer estaría presente en la entrada y registro de Servinabar [la empresa navarra en la que participaría Cerdán y en la que sitúa el origen de la trama] y habría coordinado las investigaciones» realizadas en los juzgados centrales número 5 (en el que se investiga el fraude de hidrocarburos por el que también está imputado Aldama])y 2 (caso Koldo]) así como las abiertas por la visita de la vicepresidenta venezolana, Delcy Rodríguez en 2020 cuando se reunió con Ábalos en el aeropuerto madrileño de Barajas.
«El objeto de esta declaración fundamentalmente es saber la delimitación temporal y procedimental de los materiales informativos con los que se ha trabajado para la elaboración del oficio de 5 de junio», informe con el que se dirigió la causa contra Cerdán, para saber si «se limitaron a materiales obtenidos durante el periodo de investigación de las diligencias del Juzgado Central 2» o de todas las otras causas, ya que, a juicio de la defensa, «se detectan y así consta en las actuaciones, trasvases injustificados de información entre todos estos procedimientos«.
Esa declaración y la de la prácticamente una decena de agentes de la Guardia Civil también solicitada persiguen el objetivo de poner en jaque toda la investigación de la trama: desde la declaración voluntaria de Aldama, que hizo que de supuestas comisiones en la compra de mascarillas se pasara a poner bajo la lupa presuntas irregularidades en adjudicaciones de obra pública, hasta los audios y mensajes intervenidos a Koldo García, que son los principales elementos de prueba contra Santos Cerdán.
La defensa, que sitúa el origen de la causa en una denuncia del PP de Madrid sobre la compra de mascarillas, califica de «acto de fe» que el juez Leopoldo Puente no dude del origen de esas grabaciones, cuyos precintos dice que han sido manipulados. «Lo único que a día de hoy sabemos sobre dichos audios es que se obtienen a través de teléfonos que han sido proporcionados por un comandante de la Guardia Civil investigado en la causa, Rubén Villalba», dice la defensa para sostener la declaración de este mando del Instituto Armado, sus superiores, las personas a su cargo y los agentes que realizaron los informes periciales incluidos en la causa.
Mentiras de Aldama
Santos Cerdán también considera imprescindible disponer de la relación de visitas que recibió Aldama en prisión «dado el carácter pactado y abiertamente falso de la declaración» que prestó ante el juez Moreno para «determinar las vías de concertación y posibles instrucciones recibidas en prisión para dirigir su declaración».
La defensa sostiene que Aldama mintió para salir de prisión, porque «sus ingresos no proceden de contrataciones de obra pública -ilícita o lícita- y por lo tanto relacionados con el objeto de la presente investigación, sino del fraude de IVA en petróleo, del que según la fuerza actuante y la Agencia Tributaria llega a obtener hasta 182.000.000 de euros, parte de cuyo dinero es con el que trata de sobornar al señor Ábalos para que cambie de posición el Gobierno de España en favor» del expresidente interino de Venezuela Juan Guaidó.
Para tratar de adelantarse a las objeciones que les puede poner el instructor, los escritos aseguran no ser «una estratagema procesal para plantear una cortina de humo procesal, se trata de poder ejercer el derecho a la defensa de un ciudadano que se declara inocente y que, por su posición política y por su actividad como alto responsable del partido de gobierno ha sido el responsable de la negociación de iniciativas políticas que no han gustado a una parte importante de los poderes del Estado«.
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