Se cierra el polémico caso del exedil de Aspe Iván Escobar (IU), que fue contratado por el Ayuntamiento de Elda como funcionario interino en 2021 en un proceso en el que la Fiscalía y el Consistorio eldense denunciaron una posible prevaricación y falsedad documental por su parte. Y lo hace con la absolución del acusado y un tirón de orejas para la Corporación de Elda. Al menos en primera instancia.
El fallo, fechado el pasado 14 de agosto, responsabiliza de posibles irregularidades en el proceso al Ayuntamiento de Elda, ya que «el supuesto error» o «dejación de funciones» correspondería a este Consistorio, como encargado del proceso administrativo. Eso sí, el juez admite que la explicación dada por Escobar «no es convincente», aunque insiste en que la verificación de los requisitos y la decisión final es cosa del Consistorio.
Elda y Aspe, de cuyo ayuntamiento era Escobar en la fecha de los hechos concejal de Recursos Humanos, tienen un convenio para compartir sus bolsas de empleo. Y en 2021 Escobar se presentó al puesto de funcionario interino de Elda, para el que se requería la titulación de derecho. Y en su declaración responsable Escobar puso que era el número 1 de la bolsa de Aspe, cuando en realidad era el 16.
El magistrado afirma que el Ayuntamiento de Aspe envío el expediente con el orden correcto pero Elda no lo revisó
Las supuestas irregularidades en este proceso levantaron una gran polémica, tanto en el pleno de Aspe como entre los dos ayuntamientos, gobernados entonces y ahora por la izquierda. Y Elda cesó a Escobar tras mes y medio en el cargo. En cambio, el alcalde de Aspe, Antonio Puerto (IU), defendió a su edil y lo mantuvo en el puesto, repitiendo en la lista electoral de 2023, aunque sin salir Escobar finalmente como edil de nuevo al no figurar en un puesto de salida.
Cuatro años después
Cuatro años después, la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Novelda Número 3 ha absuelto a Escobar, defendido por el abogado Mateo Bas, del delito leve de prevaricación administrativa, aunque las acusaciones, formadas por la Fiscalía y el Ayuntamiento de Elda, están aún en plazo para recurrir ante la Audiencia Provincial. Hasta ahora, el despido había sido respaldado por el Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunidad Valenciana y un juzgado de lo Contencioso al que recurrió Escobar por el despido.
Por su parte el alcalde de Aspe, Antonio Puerto (IU), ha anunciado que pedirá ante el juzgado responsabilidades para el alcalde de Elda, Rubén Alfaro (PSOE), y su edil de Recursos Humanos, Jesús Sellés, que ocupaban los mismos cargos en el pasado mandato, por los perjuicios sufridos por Escobar y el Ayuntamiento de Aspe por las acusaciones vertidas.
El alcalde aspense anuncia que pedirá ante el juzgado responsabilidades al primer edil de Elda y su concejal de Recursos Humanos, además de exigirles disculpas
La Fiscalía solicitaba a pena de multa de 5 meses a razón de 8 euros diarios, mientras que la Corporación eldense se adhirió a la pena, pidiendo además como concepto de responsabilidad civil que abonara al Ayuntamiento 3.831,18 €.
Elda, en su denuncia, alertaba que la documentación remitida por el propio Consistorio de Aspe aparecía Escobar como el número 1 cuando era el 16, por lo que se podría especular que podría haberse valido de su cargo como responsable de Recursos Humanos para ello. Pero la sentencia no recoge tal afirmación, sino que explica que Aspe envió todo el expediente en el que se detallaba en puesto real del ya exedil. Y que Elda no comprobó esa documentación, según el juez.
El alcalde Antonio Puerto con el abogado Mateo Bas, que ha defendido a Iván Escobar / INFORMACIÓN
La denuncia, según se sintetiza el fallo, relataba que con motivo del convenio de colaboración de 08/06/21 suscrito entre los Ayuntamientos de Elda y Aspe, y solicitado, con fecha 12/06/21 por el Ayuntamiento de Elda al Ayuntamiento de Aspe la cesión de datos para la contratación de cuatro personas, el denunciado, que a la fecha de los hechos tenía la consideración de concejal de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Aspe, firmó una declaración responsable en la que figuraba como número 1 de la bolsa de trabajo, cuando su número en la citada bolsa era realmente el 16. Con fecha 29/07/21 el denunciado fue nombrado funcionario interino en el Ayuntamiento de Elda, en el que permaneció durante un mes y medio».
Y el juez considera que «no ha quedado acreditado que el factor determinante del nombramiento al denunciado Iván Escobar para ocupar la plaza ofertada en el Ayuntamiento de Elda fuera la declaración responsable por él presentada, ni tampoco que el denunciado careciera de los requisitos legalmente exigibles para ocupar el puesto de administrativo para el que fue nombrado».
Requisito
El manifestado señala que «si bien por las acusaciones se ha señalado que el denunciado aceptó el puesto de trabajo a pesar de conocer que carecía de los requisitos necesarios para desempeñar el mismo, sin embargo, dichas acusaciones en momento alguno se han referido en el acto de la vista a la falta de concurrencia de los requisitos, salvo el de licenciado en derecho, que el denunciado sí poseía, sino que han centrado sus argumentaciones en el proceso seguido para la contratación«.
Y es que «entienden las acusaciones que la conducta del denunciado fue dolosa cuando para rellenar los datos de la solicitud puso en la misma que su orden de llamamiento era el nº 1 en lugar de poner el nº 16 que realmente ocupaba en la lista», apunta el togado.
El juez admite que la explicación de Escobar sobre la posición que puso en su declaración responsable «no es convincente»
Y pese a que «sin dejar de apreciar cierta irregularidad en dicho acto, y no siendo convincente la explicación del denunciado explicando que, dudando a que se refería el impreso cuando se refiere a número de llamamiento en lugar de al número de orden en la lista, solicitó aclaración señalando que se le contestó que debía poner el número 1, pero sin traer como testigo la persona que así se lo expresó, lo cierto y verdad es que el órgano decisor sobre la concesión de la plaza en modo alguno viene vinculado por la solicitud de los candidatos ,sino que debe ser dicho órgano quien, tras examinar las propuestas y comprobar el cumplimiento de los requisitos y en número de orden en la lista, proceda a nombrar el candidato de entre los propuestos».
Y añade que la declaración de una funcionaria de Aspe señala que «desde este Ayuntamiento se remitió al Ayuntamiento de Elda el expediente completo (oficio más anexos de cada uno de los posibles candidatos) en el que se detallaba que puesto ocupaba cada uno de los candidatos, expresándose que el ahora denunciado ocupaba el nº 2» de entre los interesados dela bolsa en el puesto de Elda.
Posición de privilegio
«Es cierto que el denunciado ocupaba en el momento de la convocatoria, el puesto de concejal de Recursos Humanos en el Ayuntamiento de Aspe y que dicho puesto le colocaba en una situación de privilegio para intentar obtener una ventaja en la información a enviar para ser nombrado en las plazas que se convocaban, pero también es cierto que en el derecho penal la presunción no puede fundamentar una condena, sino que hay que acreditar la real existencia de los hechos que se imputan y, en el presente caso, no consta acreditado que el denunciado tuviera conocimiento de la posible ilegalidad de su nombramiento por cuanto cumplía el único requisito exigido para el desempeño del puesto de trabajo que se convocaba, cual es la titulación de licenciado en Derecho», apostilla el juez.
El magistrado considera «ilógica» la personación del Ayuntamiento de Elda como acusación cuando la hace responsable del «error» o «dejación de funciones»
Además, ha quedado «acreditado» que las otras dos candidatas, que ocupaban el número 1 y 3 según el registro enviado por Aspe, habían renunciado, señalando que «el cuándo y cómo se efectuara la renuncia de estas candidatas no es un tema que deba vincularse al denunciado, sino al órgano del Ayuntamiento de Elda encargado de decidir sobre la resolución del concurso y el otorgamiento de las plazas convocadas».
Reprimenda a Elda
«Por otra parte no debe confundirse el conocimiento del incumplimiento de los requisitos (en el presente caso, titulación de licenciado en Derecho), que el denunciado sabía que cumplía al tener la titulación requerida, con el proceso administrativo seguido para el nombramiento, cuyo seguimiento y decisión correspondía al Ayuntamiento de Elda convocante de la plaza, siendo ilógico que esté personada en el presente procedimiento como acusación particular cuando el supuesto error, o dejación de funciones, en la decisión de nombramiento sería precisamente de dicho Ayuntamiento que era, como órgano convocante y decisor, el encargado de revisar la documentación al efecto remitida por el Ayuntamiento de Aspe.
Reacciones de Aspe
El primer edil aspense, Antonio Puerto (IU), ha destacado este jueves que la sentencia acredita que el Consistorio que preside envió el listado correcto de la bolsa de empleo, y que «fue el Ayuntamiento de Elda el que cometió error u omisión en el procedimiento». Y que Escobar era el único aspirante al puesto al renunciar la otras dos candidatas.
«Fue el Ayuntamiento de Elda el responsable de todo este procedimiento por saltarse las listas, por denunciar y echar de su trabajo al absuelto Iván Escobar»
Puerto ha señalado que «ha quedado claro con la absolución de Iván Escobar quienes son los responsables del batiburrillo u omisión en su procedimiento, ya que el Ayuntamiento de Aspe emitió bien la información y es el ayuntamiento de Elda el responsable de todo este procedimiento, por saltarse las listas y de haber en este caso tirado de su trabajo, denunciado y pedido responsabilidades al absuelto Iván Escobar».
Por ello «el Ayuntamiento de Aspe pedirá las responsabilidades que correspondan, ya que en estos momentos, tanto su alcalde Rubén Alfaro como su concejal de Recursos Humanos Jesús Sellés tendrán que rendir cuentas ante el juez ante esta acusación» tras acreditar el juez que fue responsabilidad del Ayuntamiento de Elda lo ocurrido.
Disculpas
Así, reclama al Ayuntamiento de Elda «que se pidan las disculpas pertinentes ya que ha sido una chapuza realizada por el Ayuntamiento de Elda, que encima ha ido de parte acusadora cuando era el que ha hecho el error u omisión como dice el juez». Y también ha pedido «responsabilidades a los grupos políticos del Ayuntamiento Aspe en este caso al Partido Popular y al Partido Socialista que fueron los que indiscriminadamente fueron contra Iván Escobar pidiendo responsabilidades políticas».
Eso sí «en este caso sí que quiero de alguna manera separar de estas responsabilidades tanto al concejal del grupo socialista Manolo García, que en aquel momento fue prudente y esperó como en este caso a que el juez declarara sentencia, y del mismo modo al grupo de Ciudadanos y a Miguel Ángel Mateo, que en aquel pleno que se pidieron responsabilidades políticas al concejal Iván Escobar, que también mantuvo la prudencia y responsabilidad», ha recordado.
Así, ha reiterado que «el alcalde Rubén Alfaro y su concejal de Recursos Humanos tendrán que rendir cuentas ante el juez por las responsabilidades que se le acusan en dicha sentencia».
Este medio ha contactado con el Ayuntamiento de Elda para conocer su opinión de la sentencia y si va a recurrir el fallo, sin obtener respuesta.
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