La Fiscalía del Tribunal Supremo ha solicitado repetir el juicio en el que Miguel Ángel Ramírez, presidente de UD Las Palmas, fue absuelto de fraude a Hacienda y de delitos contra la Seguridad Social.
Así figura en un escrito, firmado por el fiscal Felipe Briones y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
En 2024, la Audiencia Provincial de Las Palmas absolvió a Ramírez de ambos ilícitos tras ser juzgado.
La Fiscalía, así como el sindicato USO (Unión Sindical Obrera), le acusaba de haber defraudado al fisco más de 36 millones de euros a través de una empresa de seguridad, Seguridad Integral Canaria (SIC), de la que fue Ramírez fue administrador y accionista mayoritario.
En total, la acusación pedía para el empresario 21 años de cárcel y una multa de 105 millones de euros.
No obstante, uno de los motivos que condujeron a la exoneración de Ramírez fue la anulación de la instrucción realizada por el juez Salvador Alba, que acabó siendo expulsado de la carrera judicial por prevaricación.
Alba cumple actualmente una condena de seis años de cárcel por sus maniobras para perjudicar a su antecesora, la también magistrada Victoria Rosell. Fue ella quien inició esta causa judicial. En 2015, se convirtió en diputada de Podemos.
Tanto el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), en 2019, como el Tribunal Supremo, en 2021, consideraron probado que, el mismo día que se hizo cargo del caso iniciado por Rosell, Alba citó a su despacho a Ramírez, a escondidas, le ofreció una serie de ventajas procesales a cambio de que, cuando declarara formalmente, se manifestara en contra de Rosell.
No obstante, la Fiscalía del Supremo se opone a la exoneración del empresario. En su escrito, invoca el artículo 852 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

El juez Salvador Alba, en una fotografía de archivo fechada en Las Palmas en mayo de 2016.
Este precepto permite denunciar que un derecho fundamental ha sido vulnerado durante un procedimiento judicial, por lo que la sentencia resultante debe ser revisada por el Supremo.
Ahora, será su Sala de lo Penal la que decidirá si se repite o no el juicio. El fiscal Briones, por su parte, solicita que se haga con un tribunal distinto —con otros magistrados diferentes— al que ya enjuició a Ramírez, «por elemental garantía de imparcialidad».
A juicio del Ministerio Público, «supone un absurdo» considerar que «la actuación ilícita del magistrado condenado [Alba]» debe conducir irremediablemente a la absolución del presidente de la UD Las Palmas. «Antes al contrario, ni las citaciones ni las declaraciones fueron ilegítimas o contrarias a derecho; carece de lógica que hayan sido declarados nulos dichos actos», señala el escrito de Briones.
Asimismo, el fiscal considera «irrazonable la consideración [que hace la sentencia de la Audiencia de Las Palmas] de que la actuación administrativa de los responsables de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social ha sido arbitraria».
«Por el contrario, están sujetas a la más estricta legalidad», expresa el documento, que tacha de «ilógica» e «incoherente» la absolución.
Delitos fiscales
Por otro lado, el fiscal rechaza la tesis de la defensa de Ramírez —que el tribunal sí validó— de que, al iniciarse la causa, no se investigaban los supuestos delitos fiscales de 2010 a 2013 ni los delitos contra la Seguridad Social de 2009 a 2012 y que éstos fueron añadidos cuando el caso enfilaba el juicio.
En sintonía con una de las magistradas de la Audiencia de Las Palmas, que firmó un voto particular discrepante contrario a la absolución de Ramírez, la Fiscalía sostiene que estos delitos «forman parte del procedimiento desde la admisión a trámite de la querella», interpuesta en 2013 por la rama de seguridad de USO.
El sindicato denunció que SIC, supuestamente, camufló horas extraordinarias como dietas, a fin de ahorrarse las cotizaciones y las retenciones del IRPF.
«El auto del 28 de enero de 2014 [firmado por Rosell] admitió la querella (…) en su totalidad», señala el fiscal en su escrito, dirigido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Finalmente, Briones considera que la sentencia absolutoria «yerra cuando afirma que no consta que Ramírez mantuviera facultades de dirección de la empresa SIC a partir de que cesó como administrador en fecha de 2 de agosto de 2011».
A juicio del fiscal, «aun a partir de entonces», el acusado «mantuvo el control de la compañía en todos los aspectos» y ejercía, de facto, esta función.
De hecho, así lo consideró también Mónica Herreras, la magistrada de la Audiencia Provincial de Las Palmas que redactó un voto particular favorable a condenar a Ramírez.
Para ello, entre otros extremos, la magistrada se apoyó en que el nombre del acusado, a modo de iniciales (M. A. R. o M. A. R. A.), seguía apareciendo en documentación fechada en 2013 y en la declaración del co-acusado en este caso, Héctor de Armas.
El voto particular de la magistrada también apuntaba, en sintonía con lo denunciado por USO, que «SIC procedía a dar de baja a los trabajadores en la Seguridad Social por aquellos periodos de vacaciones devengadas (…), evitando así la cotización por este concepto una vez cursada la baja».
«La Fiscalía está apoyando la repetición del juicio porque éste no fue imparcial y cree que la Agencia Tributaria actuó correctamente. Nosotros tenemos claro que Seguridad Integral Canaria no respetó los derechos de los trabajadores y eso debería quedar demostrado en un nuevo juicio», valora, en declaraciones a EL ESPAÑOL Basilio Alberto Febles, secretario general de la rama de seguridad del sindicato USO.














