“Esta falta de acción no sólo debilita la confianza en las instituciones, sino que también favorece la repetición de conductas infractoras”. Así de contundente se ha expresado el Síndic de Greuges para señalar al Ayuntamiento de Alicante. El defensor autonómico ha emitido una “resolución de consideraciones a la administración” tras recoger una queja por “presunta inactividad” del Ayuntamiento de Alicante ante las denuncias presentadas por el estado de “abandono y deterioro” de “varios solares” ubicados en la zona de Garbinet.
En concreto, tras detectar “inmuebles en situación de ruina inminente y otros en estado de insalubridad” por parte del Ayuntamiento, la máxima institución municipal no habría realizado las actuaciones correspondientes tras ser consultada por el Síndic, que solicitó información al respecto. Desde el consistorio, ante este requerimiento, se informó de la imposición de una multa coercitiva al responsable, de la ejecución subsidiaria ante la falta de respuesta por apercibimientos practicados y de la puesta en conocimiento de la situación al Servicio de Limpieza.
Más adelante el Ayuntamiento, según el informe del Síndic, emitió un nuevo informe en el que se notificaba la “imposición de multas coercitivas por la no ejecución de las obras de demolición de las edificaciones citadas” por parte de la propiedad, ya que éstas estaban “declaradas en ruina inminente y peligrosa”.
Posteriormente se trasladó desde el consistorio que el expediente estaba “en fase de incumplimiento”, y se informó del procedimiento futuro a “adoptar medidas cautelares a costa de la propiedad afectada y condicionada a la existencia de financiación pública”.
Ante esta respuesta, el Síndic informó a la persona denunciante sobre la posibilidad de presentar alegaciones. El denunciante, según el defensor autonómico, criticó “la inactividad en relación con una casa en estado de ruina en calle Juan de Garay, esquina con la calle Rafael García Vidal, y en la que se observan personas pernoctando”.
La investigación
Ante esta inacción, el defensor autonómico informa que la investigación se inició a raíz de la “posibilidad de que se hubiera afectado el derecho de la persona interesada”, la denunciante, “a que las administraciones traten los asuntos que les afecten en un plazo razonable”. En este sentido, y ante la comprobación que “no se ha procedido a la ejecución subsidiaria” de las multas coercitivas por parte del consistorio, en el Síndic apuntan que “existen expedientes iniciados en 2020, hace ya cinco años, y con órdenes de ejecución dictadas en 2023, sin que hasta el momento se haya procedido a la demolición de las construcciones”, prosiguen, recordando “que en algún caso se han declarado en estado de ruina inminente y peligrosa; o a la limpieza de solares, mediante la ejecución subsidiaria”.
El Síndic de Greuges, Ángel Luna, en una imagen de archivo. / Alex Domínguez
Por otra parte, el Síndic “aprecia” que el Ayuntamiento de Alicante, por lo escrito en sus informes emitidos, “es consciente de las obligaciones que le corresponden en orden a dar cumplimiento a lo ordenado por medio de la resolución dictada” por esta misma administración “y de los mecanismos que tiene a su alcance”.
Más críticas
En este sentido, el defensor autonómico concluye que “dictar resoluciones que, con posterioridad, no son efectivamente ejecutadas, convierte en ilusorios los derechos de los ciudadanos y crea el riesgo de que las conductas infractoras se generalicen”.
Y ante el argumento expuesto por el Ayuntamiento “en relación con la limitación de recursos para acometer la ejecución subsidiaria”, puntualizan que “la escasez de medios económicos no puede ser una justificación total para que no acometan las demoliciones y limpiezas de solares ordenados”, por lo que según el Síndic “se debería haber incluido en la correspondiente partida presupuestaria el crédito preciso antes de haberse incluido otros conceptos presupuestarios destinados a cubrir servicios que no son mínimos ni obligatorios o a atender actividades no necesarias”.
Otro de los reproches del Síndic procede del hecho de que en los informes del Ayuntamiento de Alicante no figuran actuaciones en relación a la casa en estado de ruina entre las calles Juan de Garay y Rafael García Vidal, y el defensor asegura que “en ejercicio de sus competencias deberá procederse a la inspección de la misma” por parte del consistorio y, en su caso, “dictar órdenes de ejecución correspondientes para garantizar el adecuado estado de conservación y salubridad y la seguridad de las personas”.
El defensor autonómico, que evoca artículos del Estatuto y de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea para resaltar el “derecho a la buena administración”, concluye que “se han vulnerado los derechos” de la persona denunciante, “en concreto el derecho a que las administraciones traten los asuntos que les afecten en un plazo razonable”.
Por último, la institución recomienda “que se adopten, sin más demoras, las medidas necesarias para proceder a la ejecución subsidiaria de las órdenes de ejecución” dictadas por el propio Ayuntamiento; pide una inspección para comprobar el estado de conservación de la vivienda y que se adopten “las medidas necesarias para garantizar el adecuado estado de conservación, ornato y salubridad de la misma” o que, en su caso, “se declare el estado de ruina”.
Ahora el Ayuntamiento tiene un mes de plazo máximo para emitir un informe en el que se indique si se aceptan o no las consideraciones del Síndic, que se detallen las medidas a adoptar en caso afirmativo y, en caso contrario, que justifique la negativa.