Incendiario y pirómano pueden parecer lo mismo, pero no lo son dado que su perfil psicológico es distinto. Los primeros queman de manera consciente y lo hacen movidos por un interés económico o por la rabia, la ira o la venganza. Los pirómanos, mientras, queman también deliberadamente, lo hacen en más de una ocasión y su objetivo es eliminar un malestar psicológico y conseguir altos niveles de tensión y excitación. En ambos casos, la práctica totalidad son hombres dado que las mujeres apenas representan un 7%.
Según las estadísticas de la Fiscalía General del Estado, de todos los incendios provocados por la mano humana, un 62% responden a imprudencias graves (barbacoas en lugares no habilitados o un cigarrillo mal apagado), en otro 10% hay un beneficio económico detrás (poder vender el terreno arrasado, por ejemplo), en otro 5% el fuego responde a una venganza y en un 4% puede haber un trastorno psicológico.
Los datos oficiales aseguran que en los últimos años, solo un tercio de los incendios investigados han acabado en condena. Acreditar judicialmente que ha sido provocado intencionadamente y no por accidente es complicado, así que, ante la duda, los jueces se decantan casi siempre por una imprudencia.
Código Penal
El artículo 351 del Código Penal establece que, si una persona provoca un incendio que suponga «un peligro para la vida o integridad física de las personas», la pena será de 10 a 20 años de prisión, aunque los tribunales podrán imponer una inferior según las circunstancias, informa RTVE.es.
El artículo 352 se refiere al caso concreto en el que alguien incendie montes o masas forestales sin que suponga peligro para la vida de las personas. Para este supuesto, fija una pena de uno a cinco años y una multa de 12 a 18 meses. En el caso de que sí se pongan en peligro vidas humanas, la pena podría ser de 10 a 20 años de cárcel imponiéndose, en todo caso, una multa de 12 a 24 meses.
Esto se aplica a quien produzca el incendio de forma dolosa, es decir, con la intención de causar un daño o que se acepta de forma consciente que se vaya a producirlo. En caso de provocar el incendio por una imprudencia y poner en peligro la vida de las personas, la pena puede ser de cuatro a 10 años de cárcel, como explica al Canal 24 horas Eugenio Ribón, abogado y decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM).
Entre 2014 y 2023 se detuvieron en toda España 3.600 personas por quemar más de un millón de hectáreas de suelo forestal. El 2019 hubo una cifra récord de detenidos, con 429 personas, y ni la pandemia frenó esta dinámica, con 352 detenidos durante 2020. La cifra más baja se dio en 2018, con 245 personas detenidas por provocar o tener relación con el origen de un incendio. Ahora bien, la cifra de detenidos poco o nada tiene que ver con la de las condenas. De los 420 detenidos para provocar incendios forestales que hubo en 2022 en España, solo 63 acabaron con una condena.
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