En medio de un panorama económico incierto, el Gobierno ha decidido mover ficha y poner en marcha nuevas medidas para echar una mano a quienes más lo necesitan. La economía nacional empieza a perder ritmo, los precios siguen subiendo -aunque menos- y, si bien el desempleo desciende poco a poco, muchas familias aún luchan por llegar a fin de mes. Eso sí, hay un dato alentador: en España hoy trabajan más personas que nunca, con más de 22 millones de ocupados registrados.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez
Y es que esta realidad económica y social golpea con más fuerza a quienes ya partían con menos recursos. Por ello, la Seguridad Social y el Gobierno están reforzando su papel como red de apoyo, incrementando la inversión pública para que la ayuda llegue de forma directa. El objetivo, como no podía ser de otra forma, es muy claro: aliviar parte de la presión diaria y dar un respiro a quienes están atravesando momentos especialmente complicados.
En este sentido, se ha aprobado en el Boletín Oficial del Estado una deducción extraordinaria en el IRPF que entrará en vigor con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2025, según la Ley 5/2025. Esta medida, publicada el pasado jueves 7 de agosto de este mismo año aliviará, por tanto, la carga fiscal de trabajadores con ingresos bajos, especialmente quienes cobran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o cifras similares.
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Requisitos indispensables para acceder a esta deducción extraordinaria del IRPF
Para beneficiarte, hay dos condiciones clave: tus rendimientos íntegros del trabajo no deben superar los 18.276 € al año, y además, tus ingresos por otras vías (como alquileres o intereses) deben mantenerse por debajo de los 6.500 € anuales. Si cumples ambos requisitos, puedes acceder a esta ayuda fiscal.
En esta misma línea, en el caso de que tus ingresos del trabajo son iguales o inferiores a 16.576 € anuales, tendrás derecho a la deducción máxima de 340 €, que se restará directamente de tu cuota del IRPF. Cabe destacar que esta ayuda se suma y no reemplaza otras deducciones vigentes. En cambio, si tus ingresos oscilan entre 16.577 € y 18.276 €, la deducción se aplica de forma progresiva. La fórmula es: 340 € menos el 20 % de la diferencia entre tus ingresos y 16.576 €. Así se reduce gradualmente el beneficio hasta agotarlo.

Una imagen de archivo de las oficinas de la Agencia Tributaria
¿Cómo se puede solicitar?
Para acceder a esta deducción no es necesario presentar ningún formulario adicional: la Agencia Tributaria incorporará automáticamente esta deducción en el borrador de tu declaración de la renta del ejercicio 2025 (que se presentará en 2026). Pese a ello, sí se recomienda revisar el borrador y confirmar que aparece correctamente. Por tanto, aunque se aplica automáticamente de oficio, conviene conservar nóminas, certificados de empresa y, si procede, documentos bancarios (intereses, alquileres), por si Hacienda los solicita posteriormente.