La defensa del expolítico socialista Santos Cerdán se ha dirigido al Tribunal Constitucional con la esperanza de que corrija al Tribunal Supremo y decrete su puesta en libertad. Tras el revés que supuso que la Sala de lo Penal ratificara la decisión del juez Leopoldo Puente, los abogados Jacobo Teijelo y Benet Salellas, argumentan que el alto tribunal vulnera los derechos de su cliente al atribuirle la dirección de la presunta trama de corrupción investigada sin pruebas, de tal forma que debería ser él quien aportara las de descargo, en lo que entiende un intento de que confiese y eso es inconstitucional.
El recurso, de 25 páginas, afirma que «lo que viene a decir de manera directa el Tribunal Supremo es que la carga de la ausencia de pruebas que en este momento adolece la imputación del señor Cerdán recae» sobre él mismo «y que por ello se justifica su encarcelamiento preventivo», cuando, «afortunadamente, en nuestro sistema constitucional, esta no es una finalidad legítima de la prisión preventiva, ya que supone una flagrante vulneración al derecho a la presunción de inocencia, al derecho a no incriminarse y es contrario al derecho a la integridad moral y en definitiva a la dignidad de la persona».
El escrito afirma que mantener en prisión a personas con la esperanza de que declare es contrario a las recomendaciones que el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradante elevó a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, para que no llevara a cabo esta práctica por ser «una flagrante vulneración a la prohibición de atentar contra la integridad moral y la dignidad de la persona».
«Es por ello por lo que este Tribunal Constitucional ha sido especialmente contundente en sancionar decisiones de Juzgados de instrucción que hacían uso de la prisión preventiva buscando satisfacer otras finalidades no constitucionalmente admisibles, tales como una anticipación de la pena, para impulsar la instrucción, para sofocar una alarma social o para presionar al investigado para que aporte pruebas de su culpabilidad o conseguir una confesión», añade la defensa.
«A la vista de la ingente carga de trabajo de este Tribunal Constitucional y la lenta tramitación de los recursos de amparo que este extremo provoca, que la resolución sobre el fondo –de la que esta parte tienen fundadas esperanzas que será de signo estimatorio– carecerá de sentido en tanto en cuanto el señor Cerdán deberá ser puesto en libertad ex lege en el momento que se cumplan los seis meses desde su encarcelamiento», concluye.
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