Durísimo escrito de acusación de la Fiscalía del Principado de Asturias contra los padres de los tres menores que permanecieron encerrados durante casi cuatro años en la bautizada como «casa de los horrores de Oviedo«. El ministerio público solicita que cada uno de los padres de los pequeños sea condenado a un total de 25 años y 4 meses de prisión por los delitos de violencia física habitual y detención ilegal. La Fiscalía pide además que el matrimonio no pueda comunicarse con sus hijos durante un periodo de once años y diez meses y solicita que los acusados, de forma conjunta y solidaria, indemnicen a cada uno de los menores con 15.000 euros por los daños morales sufridos.
En el escrito presentado por el ministerio público se recoge el relato de los hechos en el que se basa el ministerio público para pedir la elevada condena. Desde el mes de diciembre de 2021 hasta el 28 de abril de 2025, los acusados –un alemán de 53 años y una mujer de origen estadounidense de 48– convivieron en un chalet de Fitoria (Oviedo) con sus hijos menores de edad, dos gemelos de ocho años y un hermano mayor que ahora tiene once. La familia se había trasladado a Asturias desde Alemania. En la casa únicamente figuraba empadronado el acusado, «no constando ni la acusada ni los menores de edad en ningún registro público, incluidos escolar o la Seguridad Social».
Durante todo el tiempo que permanecieron en la casa, los acusados, de común acuerdo, «incumplieron los deberes de protección tenían sobre sus hijos y les privaron de sus necesidades educativas, sanitarias, emocionales y sociales». Así, «encerraron a los menores en el interior de la vivienda y los aislaron de forma absoluta del mundo, negándoles el contacto con otras personas, tanto físicamente como por cualquier medio de comunicación». Los niños no conocían ni a familiares ni a ninguna otra persona que no fueran sus padres. «No salieron para nada al exterior, ni siquiera al jardín con el que contaba la vivienda, durante casi cuatro años por el infundado temor que tenían los acusados, y que habían inculcado a sus hijos, a que se contagiasen de algo», recoge el escrito.
Sin escolarizar
El matrimonio nunca escolarizó a los menores en España. Los niños aprendían por sí mismos o con la asistencia puntual de sus padres, de forma que los menores, cuando fueron encontrados, «no sabían leer ni escribir». Asimismo, los pequeños no tuvieron un seguimiento sanitario de su salud. De hecho, la última vez que acudieron al médico fue en 2019 y «eran los acusados los que se encargaban de diagnosticar y tratar sus problemas cuando surgían». En el domicilio contaban con abundantes medicamentos, comprados sin la preceptiva prescripción médica. Por otro lado, los niños «presentaban igualmente problemas de control de esfínteres, ocasionados por la utilización indebida y prolongada de pañales».
La vivienda se encontraba «en malas condiciones de habitabilidad, con un déficit importante de limpieza, con cantidades ingentes de basura y suciedad acumulada en diversas estancias«. Además, el mobiliario era inadecuado para cubrir las necesidades de los menores: «los gemelos dormían en cunas, a las que habían roto los barrotes para entrar y salir libremente». Su hermano lo hacía en una cama de reducidas dimensiones para su edad.
Los menores caminaban «encorvados, con las piernas arqueadas, presentaban dificultades para subir y bajar escaleras». Además, «tenían la piel irritada y onicomicosis». Uno de ellos tenía «un ligero encorvamiento». Al salir al exterior, una vez que se descubrió la situación en la que se encontraban, los menores se mostraron sorprendidos por cuanto les rodeaba. Como consecuencia de estos hechos, «los menores sufren distocia social, que supondrá un retraso en la incorporación a las relaciones sociales propias de su edad».
Por autos de 30 de abril de 2025 del Juzgado de Instrucción número 3 de Oviedo se acordó la prisión provisional, comunicada y sin fianza de los acusados, así como la suspensión cautelar de la patria potestad, guarda y custodia sobre sus hijos, con atribución de las mismas al Principado de Asturias (Consejería de Derechos Sociales y Bienestar). Por resolución de 6 de mayo de 2025 de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias, se declaró el desamparo de los menores y la asunción de la tutela por la entidad pública.
Los delitos
La Fiscalía considera que los hechos constituyen un delito de violencia psíquica habitual en el ámbito familiar y de tres delitos de detención ilegal de los artículos. Concurre en ambos acusados, en el delito de detención ilegal, la circunstancia agravante de parentesco.
Por el delito de violencia psíquica habitual la Fiscalía solicita las penas de 2 años y 4 meses de prisión, privación del derecho a la tenencia y porte de armas durante 4 años y 6 meses y la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda y acogimiento de los pequeños durante 3 años y 4 meses. Además exige que se aplique la prohibición de aproximación a los menores a menos de 300 metros, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio y cualquier otro frecuentado por los mismos durante 3 años y 4 meses; y prohibición de comunicación por cualquier medio, quedando en suspenso el régimen de visitas, comunicación y estancia que en su caso se hubiera reconocido en sentencia civil, hasta el total cumplimiento de la pena.
Por cada uno de los delitos de detención ilegal en concurso con un delito de abandono de familia, el ministerio público pide las penas de 7 años y 8 meses de prisión, una pena que se multiplica al ser tres los niños afectados. En este apartado la Fiscalía pide además la prohibición de aproximación a los menores a menos de 300 metros, a su domicilio, lugar de trabajo o estudio y cualquier otro que sea frecuentado por los mismos durante 8 años y 6 meses, quedando en suspenso el régimen de visitas, comunicación y estancia que en su caso se hubiere reconocido en sentencia civil, hasta el total cumplimiento de la pena.
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