Nuevo varapalo judicial al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) en el caso de las pinturas de Sijena. La jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Huesca ha dictado orden general de ejecución definitiva de la sentencia 61/2016, de 4 de julio, confirmada íntegramente por la sentencia del Tribunal Supremo 824/2025, de 27 de mayo, que le obliga a entregar las pinturas murales del Monasterio de Villanueva de Sijena en un plazo máximo de siete meses como solicitaba el Gobierno de Aragón.
El pronunciamiento judicial es «a favor de los ejecutantes», tanto el Goberino argonés como la representación legal de Villanueva de Sijena, frente al MNAC -la parte ejecutada- para que, por la misma, «se proceda a restituir a la Sala Capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena (Huesca) las pinturas murales que se enumeran en el documento número 11 de la demanda interpuesta por el letrado de la Comunidad Autónoma de Aragón en el Procedimiento Ordinario 61/2014 del que conoció este Juzgado».
Con esta resolución judicial, «se requiere a la parte ejecutada para que, en el plazo de siete meses, conforme al cronograma de plazos planteado por el Gobierno de Aragón, cumpla en sus propios términos lo que establece el título ejecutivo», o que, en su defecto, «aporte, en el plazo de diez días, un cronograma alternativo» y, en cuyo caso, se resolverá sobre ello. «No cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formular el ejecutado, dentro de los diez días siguientes a la notificación de este auto», ha informado el Ejecutivo autonómico en base a este enésimo fallo judicial.
«La resolución se acompaña de un decreto de medidas ejecutivas que acoge las medidas solicitadas por el Gobierno de Aragón en cuanto permitir el acceso a los técnicos designados por el Gobierno de Aragón a las salas número 16 y 17 del MNAC durante el tiempo que se requiera, con ambas salas cerradas al público», ha añadido el Ejecutivo regional.
«El acceso, durante todo el tiempo que los técnicos del Gobierno de Aragón requieran y con todos los medios auxiliares que ellos determinen como necesarios, se deberá realizar con ambas salas expositivas totalmente cerradas al público. Este acceso, tanto a las propias pinturas y su sistema de montaje expositivo actual incluirá también el acceso relativo a la documentación vinculada con ellas y conservadas en los archivos del MNAC en aras de garantizar la recepción con todas las garantías de conservación y seguridad», detalla el comunicado oficial del Gobierno aragonés.
Por su parte, la jueza también ordena al MNAC que permita «el acceso a todos los datos sobre las condiciones medioambientales (temperatura y humedad relativa) de estas salas y de aquellas salas en las que los fragmentos han estado expuestos con anterioridad desde su ingreso en el MNAC». «El MNAC permitirá como primera actuación por parte del Gobierno de Aragón el llevar a cabo un levantamiento fotogramétrico de las salas 16 y 17 con todos sus fragmentos expuestos precisando que la sala 16 deberá ser vaciada previamente de contenido expositivo – vitrinas -, así como el control de luminarias según convenga en el momento de la actuación en el plazo más breve posible», añade el comunicado.