El Congreso ha aprobado este martes una reforma de su reglamento interno para establecer una serie de normas básicas de comportamiento para evitar los insultos, amenazas e interrupciones por parte de agitadores ultras. El nuevo texto, reclamado por periodistas de todas las sensibilidades políticas y por la totalidad de asociaciones periodistas, dotará por primera vez a la Cámara baja la capacidad de sancionar a aquellas personas que, acreditadas como periodistas, incumplan algunas de las «reglas de cortesía parlamentaria». A continuación, todas las claves:
Esta reforma lleva años siendo demanda por los profesionales del sector periodístico que han visto entorpecido su trabajo por la acción de agitadores ultras que han sido acreditados en el Congreso. Los periodistas han sufrido insultos, ataques machistas o amenazas por parte de estas personas que, además, interrumpen las ruedas de prensa e impiden la labor del resto de trabajadores. Hasta el momento, el Congreso carecía de las herramientas necesarias para sancionar este tipo de comportamientos.
No. La norma no tiene nada que ver con las ideologías que puedan tener los periodistas o sus opiniones, como han querido señalar algunas formaciones políticas y los propios agitadores ultras que denuncian que se les va a expulsar del Congreso. El texto tan solo plantea normas básicas de comportamiento y una serie de sanciones para aquellos que cometan infracción. Así, ninguna persona acreditada como periodista será expulsada mientras cumpla con lo dispuesto en el reglamento.
Las infracciones que se recogen en la nueva norma se dividen en leves, graves y muy graves. En el primer nivel se encuentra la omisión de información a la hora de solicitar la credencial de periodista y el acceso a espacios de uso común del Congreso sin el permiso necesario.
En el segundo, incluir información falsa al solicitar la información; grabar imágenes o audios en lugares no permitidos; el acceso a espacios, como despachos o zonas de reunión, sin permiso; obstruir o interrumpir el orden de las ruedas de prensa; no cumplir con las directrices de la Mesa del Congreso; la publicación de imágenes o audios obtenidos en lugares no permitidos; o la comisión reiterada de faltas leves.
Por último, entre las muy graves están las faltas de respeto a las reglas de cortesía parlamentaria, como proferir insultos, descalificaciones o atentar contra la dignidad de otras personas; grabar audios o imágenes fuera de los lugares permitidos y que contengan datos de carácter personal o vulnere la intimidad de las personas; interrumpir las sesiones parlamentarias; o la comisión reiterada de faltas graves.
Las sanciones van de acorde a la gravedad de la infracción. Así, las leves conllevarán una suspensión de la credencial de hasta 10 días hábiles; las graves de entre once días y tres meses; y las muy graves entre tres meses y un día y tres años o la revocación definitiva de la credencia.
El reglamento establece que una vez se abra un procedimiento sancionador, a la vista de que se haya cometido una infracción, se informará al Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria, compuesto por un miembro de cada grupo parlamentario y con la presencia de las entidades representativas de las asociaciones de periodistas. Este órgano deberá elaborar un informe sobre los hechos ocurridos en el plazo de 15 días y después, la Mesa del Congreso tomará una decisión final.
El texto aprobado incluye también una reforma de las circunstancias en las que se concederá a los diputados el voto telemático, ampliándolo a situaciones de accidentes de familiares de segundo grado; cuidado de un cónyuge o pareja de hecho o familiares de hasta segundo grado. Por otro lado, el Congreso ha dado el visto bueno a otra iniciativa para reescribir el reglamento con lenguaje inclusivo, sustituyendo el ‘diputados’ por ‘diputados y diputadas’.
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