La Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE) ha enviado al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones un total de 14 informes destinados a argumentar la necesidad de incluir otras tantas nuevas patologías entre las enfermedades que pueden acogerse a la jubilación anticipada de trabajadores y trabajadoras con grado de discapacidad del 45% o superior.
En concreto, especifica la entidad, estas patologías son la enfermedad renal crónica, Párkinson, lupus eritematoso sistémico, artritis reumatoide, espina bífida, fibromialgia, esclerodermia, encefalomielitis miálgica, enfermedad de Steinert, enfermedad de Huntington, enfermedad de Andrade, inmunodeficiencias primarias, hipertensión pulmonar y paraparesia espástica.
La Confederación explica que estos informes son el resultado de un trabajo de análisis en el que se ha recogido «la evidencia científica existente» sobre la reducción de la esperanza de vida de estas enfermedades (parámetro de valoración recogido en el real decreto), para respaldar la necesidad de contemplar el supuesto de jubilación anticipada.
Situaciones específicas
«Tenemos que poder transitar hacia la jubilación de manera que se contemplen nuestras situaciones específicas directamente relacionadas con la discapacidad o la patología que tenemos», defiende el presidente de COCEMFE, Anxo Queiruga. Por ello, Queiruga espera que el Gobierno «garantice el derecho a la jubilación anticipada de las personas con alguna de las 14 patologías porque el trabajo realizado por el movimiento asociativo que las representa evidencia la necesidad urgente de esta ampliación«.
«La jubilación anticipada es para muchas personas con discapacidad un paso imprescindible para su salud y bienestar, que responde a la necesidad de igualar la transición hacia la jubilación ante situaciones específicas relacionadas con la reducción de la esperanza de vida de las personas con ciertas patologías, las dificultades para acceder y mantener un empleo que afrontan muchas personas de este grupo social y la importancia de disponer de recursos económicos suficientes ante el sobrecoste que supone tener una discapacidad», sostiene Queiruga.
COCEMFE seguirá trabajando para poder seguir ampliando este listado de enfermedades en el futuro
Desde el movimiento asociativo COCEMFE, subraya, se ha hecho «todo lo que está en nuestra mano» para proponer al Gobierno que las personas que tienen estas patologías puedan tener derecho «también al descanso que supone la jubilación, gozando de salud y haciendo uso de su tiempo libre de manera plena». La Confederación indica que seguirán trabajando para poder seguir ampliando este listado de enfermedades en el futuro.
Proceso de inclusión
La decisión final sobre la inclusión de una nueva patología será adoptada por una Comisión Técnica, que contará con una representación amplia de los ámbitos médico, investigador y del sector de la discapacidad, a través del Consejo Nacional de la Discapacidad, junto a representantes de la Administración de la Seguridad Social.
De esta manera, según el plazo acordado, la Comisión Técnica emitirá un informe provisional sobre cada una de las solicitudes presentadas y admitidas para su consideración, el cual, se pronunciará sobre la base científica en la que se fundamenta la solicitud y que justifica el efecto y alcance de la patología en términos de reducción de la esperanza de vida.
Las alegaciones
Posteriormente, de este informe se dará traslado para audiencia a las partes interesadas o a sus representantes por un plazo de diez días para presentación de alegaciones, en su caso y dichas alegaciones serán valoradas por la Comisión Técnica a efectos de su consideración en el informe definitivo, que deberá contar para su aprobación con el voto favorable de, al menos, dos tercios de las personas asistentes con derecho a voto.
Finalmente, una vez realizada la votación, la Comisión Técnica elevará una propuesta dirigida a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social y, en el plazo de seis meses desde la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social dictará resolución, concluye la Confederación.
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