Cuando se aprobó la ley de amnistía la posibilidad de que la justicia europea la revisara se vislumbraba en tan lejana que parecía difícil de imaginar. Pero todo llega y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tendrá este martes la posibilidad de escuchar los argumentos a favor y en contra de la medida de gracia con la celebración de dos vistas. En la sesión de por la mañana estudiará la cuestión prejudicial enviada por el Tribunal de Cuentas en relación con la responsabilidad contable en la que se pudo incurrir con el 1-O y la acción exterior del Govern, mientras que la de la tarde se dedicará a la que remitió la Audiencia Nacional por los CDR a los que se intervino material susceptible de convertirse en explosivo.
La celebración de ambas vistas se produce apenas un mes después de que el Tribunal Constitucional declarara el encaje de la amnistía en la Constitución, tras rechazar esperar a que el TJUE se pronunciara. No obstante, aunque las vistas sean ahora, no se calcula que haya sentencia hasta el último trimestre del año. En cualquier caso lo previsto es que cuando todas las partes terminen de exponer sus argumentos, el abogado general -una figura propia de la justicia alemana, encargada de hacer una propuesta de resolución al tribunal- anuncie la fecha en la que hará público su dictamen. A partir de entonces lo normal es que el TJUE dicte sentencia un mes o dos más tarde.
La defensa del expresidente catalán Carles Puigdemont, ejercida por el abogado Gonzalo Boye, ha solicitado al Tribunal de Justicia de la UE que se pronuncie en una única resolución sobre las cuatro cuestiones prejudiciales elevadas por jueces españoles con sus dudas a la hora de aplicar la amnistía. Se trata de las dos por las que se celebrarán las vistas y de otras dos, que el tribunal resolverá mediante deliberación: la elevada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) en relación con la malversación que se imputa al diputado de ERC Josep Maria Jové y al presidente del Port de Barcelona y exparlamentario, Lluís Salvadó, así como otra remitida por un juzgado de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) en relación con una desobediencia que se imputa a un ciudadano.
Lo haga en una única resolución o en cuatro, el TJUE se pronunciará sobre la amnistía sin que el Tribunal Supremo le haya remitido cuestión prejudicial alguna. El alto tribunal se guardó la baza de acudir a Europa para cuando el Constitucional se pronuncie sobre su negativa a aplicar la medida de gracia al delito de malversación por el que condenó a los líderes del ‘procés’, porque entiende que forma parte de las excepciones previstas por la propia ley. Solo elevará dudas, si el Constitucional acaba estimando los recursos de amparo interpuestos por los condenados por malversación, y los procesados en rebeldía, entre los que se encuentra el propio Puigdemont, y le obliga a aplicar la amnistía a este delito.
Como el TC no tiene previsto resolver los amparos sobre la negativa a aplicar la amnistía a la malversación del ‘procés’ hasta final de año, es muy posible que para entonces el TJUE ya se haya pronunciado sobre si amnistiar la malversación puede afectar a los intereses de la Unión. Y eso haría innecesario que el Supremo elevara su anunciada consulta.
Vistas cortas
Fuentes jurídicas consultadas por EL PERIÓDICO destacan el poco tiempo que el tribunal europeo ha previsto para la celebración de las vistas. La que paralizó la sentencia que ya redactaba la consejera del Tribunal de Cuentas Elena Hernáez se calcula que quede vista para sentencia en unas dos horas y media. En ella se trata de determinar si el desvío de dinero público a un fin ilegal como es un referéndum ilícito puede ser amnistiado, lo que sería imposible si se entendiera que ello perjudicaría los intereses de la UE. La acusación que ejerce Societat Civil Catalana será la única que se oponga a la aplicación de la amnistía, puesto que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado defendieron la medida de gracia.
La otra vista se calcula que quede lista en una hora. Con ella se debe determinar si el delito de integración en organización terrorista y de fabricación y tenencia de explosivos que se imputa a los presuntos miembros de una célula de los Comités de Defensa de la República (CDR) detenidos con material presuntamente destinado a atentar pueden incluirse en la amnistía o esos delitos están vetados por la espacial persecución que se hace del terrorismo en el ámbito de la Unión Europea.
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