En vista pública, la Gran Sala del Tribunal de Luxemburgo estudiará si la polémica norma es compatible con el derecho comunitario, y en particular con la legislación de la UE en materia de terrorismo, corrupción y protección de los intereses financieros de la UE.
Aunque el Tribunal Constitucional de Cándido Conde-Pumpido ya ha dado su aval a la amnistía, cuatro tribunales españoles han recurrido ya a la Justicia europea, cuyas resoluciones son vinculantes y podrían corregir al Constitucional.
En la vista de este martes se examinan los dos primeros casos: el remitido por el Tribunal de Cuentas a raíz de una denuncia de Sociedad Civil Catalana; y el que estudia la Audiencia Nacional por una querella de la Asociación Catalana de Víctimas del Terrorismo.
La Gran Sala está compuesta por 15 de los 27 jueces del TJUE -incluyendo el presidente y el vicepresidente- y se encarga de asuntos de especial importancia o gran sensibilidad.
El TJUE tarda de media 17,2 meses en responder a las cuestiones prejudiciales. Si se cumplen los plazos, la primera sentencia podría llegar durante el primer trimestre de 2026, aunque también podría retrasarse más tiempo dada la complejidad del caso.
Uno de los puntos de mayor interés de la vista será escuchar el dictamen negativo de la Comisión Europea, que fue adelantado en exclusiva por EL ESPAÑOL, y que resulta clave por su papel de guardiana de los Tratados.
El Ejecutivo comunitario alega que la Ley de Amnistía no responde a un objetivo de interés general reconocido por la Unión, sino que «parece constituir una autoamnistía, por dos motivos».
«En primer lugar, porque los votos de sus beneficiarios han sido fundamentales para su aprobación en el parlamento español. En segundo lugar, porque el proyecto de ley es parte de un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España», señala el dictamen.
«Pues bien, si hay respaldo para considerar que las autoamnistías en las que quien ostenta el poder político pretende blindarse garantizándose su inmunidad jurídica son contrarias al principio del Estado de Derecho, parece que el mismo criterio habría que aplicar cuando quien está en el Gobierno garantiza la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario», afirma la Comisión.
«Constituye otro indicio en la misma dirección el hecho de que la tramitación de la Ley de Amnistía siguiera un procedimiento por vía de urgencia, eludiendo así importantes informes de órganos consultivos y sin consulta pública», subraya el dictamen.
La norma, según Bruselas, «ha ahondado una división profunda y virulenta en la clase política, en las instituciones, en el mundo judicial, en el mundo académico y en la sociedad española».
El dictamen de la Comisión contradice así los argumentos de la sentencia del Constitucional que avaló la Ley de Amnistía. El fallo sostenía que la norma responde a un fin «legítimo, explícito y razonable».
«Así se deduce tanto del texto normativo como de su preámbulo, donde se manifiesta que la amnistía tiene como propósito reducir la tensión institucional y política generada por los hechos del procés y facilitar un escenario de reconciliación», alega la sentencia del Constitucional.
En contraste, el Ejecutivo comunitario denuncia también que la norma carece de claridad en la definición de su ámbito de aplicación, y vulnera así los principios de seguridad jurídica y de igualdad ante la ley.
Finalmente, Bruselas ve contrario a derecho comunitario que la ley imponga a los jueces un plazo imperativo de dos meses para decidir sobre la aplicación de la amnistía, así como el alzamiento inmediato de las medidas cautelares.
El primero de los casos que se examinan este martes ha sido planteado por el Tribunal de Cuentas, que debe determinar la responsabilidad contable de varias personas en el manejo de fondos públicos del Gobierno catalán.
Estos fondos se emplearon para pagar el referéndum del 1 de octubre de 2017 sobre la independencia de Cataluña, así como una serie de iniciativas para promover fuera de España la independencia de Cataluña.
El daño en el patrimonio público se ha estimado en casi 5 millones de euros.
La Ley de Amnistía excluye los delitos que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea. Sobre esta base, el Tribunal de Cuentas tiene dudas sobre la compatibilidad de ciertos aspectos de la Ley Orgánica de Amnistía con el Derecho de la Unión, por lo que ha planteado varias preguntas al respecto al TJUE.
En el segundo de los casos, la Audiencia Nacional consulta al TJUE para aclarar si procede aplicar la Ley de Amnistía a 12 acusados de terrorismo vinculados al procés independentista.
La Audiencia tiene dudas sobre si la norma se ajusta al derecho de la UE, especialmente al tratarse de delitos de terrorismo, y por eso ha pedido a la justicia europea que se pronuncie.