La Audiencia Nacional rechaza mandar a prisión al ‘cripto-mecenas’ de Alvise, investigado por una estafa de 260 millones

La Audiencia Nacional ha vuelto a rechazar enviar a prisión provisional a Álvaro Romillo, alias CryptoSpain

En el llamado caso Madeira, este empresario está investigado por una supuesta estafa por valor de 260 millones de euros, que habría sido cometida a través del entramado empresarial que controla, denominado Madeira Invest Club (MIC).

Además, Romillo fue quien entregó 100.000 euros en efectivo a Alvise Pérez para financiar su campaña a las pasadas elecciones europeas, las del 9-J. El agitador obtuvo tres escaños en Bruselas.

A finales de 2024, la web del MIC fue clausurada sin previo aviso y los pagos a los inversores que habían confiado su dinero a esta plataforma cesaron.

Por ello, centenares de ellos denunciaron a Romillo ante la Audiencia Nacional. Un grupo de ellos, representado por el abogado Víctor Soriano, solicitó al juez instructor del caso, José Luis Calama, que enviase a prisión a Romillo.

De hecho, el letrado solicitó una fianza de 60 millones de euros. El magistrado lo rechazó en dos ocasiones. Por ello, este grupo de denunciantes recurrió ante la instancia jerárquicamente superior, la Sala de lo Penal.

Ahora, este tribunal, en una resolución a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, avala a Calama y vuelve a rechazar que Romillo entre, por ahora, en prisión.

Soriano pidió que el empresario fuese enviado a la cárcel después de que EL ESPAÑOL desvelase la existencia de una cuenta en Singapur que custodia al menos 29 millones de euros que provendrían de los fondos presuntamente estafados.

La Audiencia Nacional ya ha ordenado embargarla. A juicio de este grupo de afectados, la existencia de estos fondos fuera de España incrementaba el riesgo de que Romillo y otros miembros de su familia, también investigados, pudieran huir del país.

Entre otros argumentos, Calama denegó la prisión provisional para CryptoSpain debido a que éste aún no ha sido citado a declarar como investigado. El magistrado también señaló que la investigación de esta causa está en un «estado incipiente».

Soriano recurrió esta decisión del instructor, al considerarla «arbitraria» y poco motivada. Ahora, la Sala de lo Penal avala la postura de Calama y recuerda que, de acuerdo con el Tribunal Constitucional, la suficiente motivación judicial no exige «efectuar una exhaustiva descripción del proceso intelectual que le lleva a resolver en un determinado sentido».

«No existe arbitrariedad alguna», concluye el tribunal, que considera la decisión del instructor «suficiente y razonada».

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