El juzgado de lo contencioso administrativo número 7 de Valencia ha avalado, a través de una sentencia, el pago de complementos de productividad a los agentes de la Policía Local de Tavernes de la Valldigna.
La decisión judicial, a la que ha tenido acceso Levante-EMV, admite el recurso que presentó uno de los miembros de la plantilla contra la decisión del propio ayuntamiento de dejar sin efecto ese pago, que se estableció mediante dos resoluciones firmadas en febrero del año 2024.
Con este aval, el actual concejal de Deportes, Josep Llàcer, cuenta con un nuevo instrumento para su defensa en el procedimiento por el que está investigado por la vía penal por este mismo asunto. De hecho, según él mismo ha expresado a este periódico, sus abogados van a remitir este escrito al juzgado de Sueca que instruye dicha causa.
Para poner un poco de orden hay que tener claro que se trata de dos procedimientos distintos por un mismo asunto.
En enero del 2024, el entonces concejal de Personal firmó dos decretos en los que autorizaba el pago de productividad a un agente concreto. Estos incluían la organización de la plantilla durante los días del Festivern y se reflejaría en la nómina de febrero.
Los sindicatos CC OO y STAS -Intersindical en representación del personal administrativo de dicho ayuntamiento presentaron un recurso de reposición en contra de esos decretos al considerar que no eran ajustados a derecho. El ayuntamiento estimó esa petición argumentando que los importes abonados fueron acordados en el Consejo de Policía y no en la Mes General de Negociación y en que no fueron aprobados por acuerdo de pleno ni resolución expresa.
Ante la paralización del cobro de esas cantidades, el policía elevó el asunto al juzgado mediante un contencioso administrativo contra el ayuntamiento, que es el que ahora, en esta sentencia, ha avalado el pago de esa productividad.
Pese a que, en su defensa, el ayuntamiento alega que se trata de resoluciones «que adolecen de nulidad total y absoluta», la sala señala, por el contrario, que «eran actos que debían reputarse válidos, eficaces y ejecutivos» ya que no se puso en marcha ningún procedimiento administrativo para declararlos nulos.
En el texto queda claro, además, que estas productividades se vienen percibiendo por parte de los agentes desde hace muchos años. De hecho, el demandante habla de un acuerdo de pleno de 2012 y de la percepción de esos complementos de productividad desde 2013. En ese sentido, el propio juzgado señala que «consta y no se discute que el Ayuntamiento de Tavernes de la Valldigna se ha atenido a ellos durante un largo periodo de tiempo sin haberlos cuestionado lo más mínimo».
Este recurso fue el que derivó en la investigación penal hacia el concejal Josep Llàcer, que en la pasada legislatura ejercía como responsable de Seguridad Ciudadana. A raíz del procedimiento iniciado por el agente a nivel administrativo, el secretario municipal y otro funcionario emitieron un informe en el que señalaban que esas productividades se habían pactado en el Consejo de Policía y no en el que consideran que es el órgano competente, la Mesa General de Negociación.
Ese documento de 37 páginas, donde se recogen las actas de todas las reuniones del Consejo de Policía en los se trató la cuestión de las productividades, llegó a la Fiscalía de forma anónima, que, tras estudiar el asunto, pidió al juzgado de Sueca abrir una investigación.
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