El intercambio de dinero entre miembros de la misma familia lleva ocurriendo desde que existen las familias y el dinero. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha decidido poner la lupa sobre las transferencias que se hacen en la actualidad gracias a la aplicación Bizum.
Según la nueva normativa, Hacienda será informada por parte de las entidades bancarias siempre que registren un movimiento de más de 3.000 euros entre miembros de la misma familia. De hecho, la Administración podría llegar a pedir una justificación para corroborar que no se incurre en ningún delito o para confirmar la procedencia y destinación del dinero.
Además, si fueran 6.000 los euros que se traspasaran, se podría llegar a considerar que el movimiento forma parte de una donación encubierta y se podría llegar a aplicar el impuesto de donaciones, que es variable en función de la Comunidad Autónoma en la que se resida, así como el grado de parentesco.
Hay que tener muy en cuenta la necesidad de declarar lo que se transfiera, pues la agencia de recaptación no se andará con chiquitas. Así, la falta de liquidación del impuesto de donaciones, siempre que dicha transferencia sea considerada como tal, se puede imponer una sanción de entre el 50% y el 150% de la cantidad transferida.
Esto implica que, de tratarse de un envío de los 6.000 euros mínimos para considerarse una transferencia de manera potencial, si se aplicara el porcentaje máximo se establecería una sanción de 9.000 euros, a lo que habría que añadir los intereses de demora, si los hubieran. Sin embargo, todo dependería de la gravedad de la infracción, grave o muy grave.
Sin embargo, esta no es la única situación en la que Hacienda puede meter el hocico en las cuentas personales de cada uno. Según marca la Ley 7/2012 y la Ley 10/2010, el ente público podrá entrar a investigar, además de los dos supuestos expuestos anteriormente.
- Transferencias superiores a los 10.000 euros.
- Operaciones monetarias con billetes de 500 euros en metálico.
- Cualquier operación que considere sospechosa, indistintamente de la cantidad de dinero, emisor o destinatario. Un buen ejemplo sería un envío de dinero recurrente de 2.900 euros. A priori no superaría nunca el límite de los 3.000 euros, pero es posible que si no llega a esa cifra sea porque precisamente se trata de eludir la norma, por lo que hacienda podría entrar a investigar.
Por eso, los expertos no cesan en su empeño de recomendar que es mejor curarse en salud y consultar con un asesor fiscal siempre que se pretendan hacer movimientos de dinero de cierta entidad, aunque el destinatario sea una persona de la máxima confianza del emisor.