El secretario general del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, ha pedido la nulidad de la apertura del juicio oral de la causa abierta contra David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, por su contratación en la Diputación de Badajoz.
Gallardo, presidente de la Diputación hasta hace unas semanas, y David Sánchez están procesados por delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias.
«Infracción de los derechos al juez ordinario»
En un escrito remitido al Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, de fecha del pasado lunes, 23 de junio, el abogado de Gallardo, Juan José Torres, plantea un incidente de nulidad del auto de 22 de mayo de 2025, de apertura de juicio oral, y el de 26 de mayo posterior, que corregía un error.
Este segundo auto aclaraba que el juicio se debía celebrar en la Audiencia Provincial y no en el Juzgado de lo Penal.
A opinión de la defensa de Gallardo, el auto «incurre en infracción de los derechos al juez ordinario predeterminado por la ley y a la tutela judicial efectiva en su vertiente de intangibilidad de las resoluciones judiciales«.
El juzgado «carecía de competencias»
En su escrito, al que ha tenido acceso EFE, argumenta que Gallardo fue proclamado diputado electo el 21 de mayo de 2025, por lo que «es claro» que en el momento de dictarse el auto de apertura de juicio el Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz «carecía ya de competencia para acordar la apertura de juicio oral» porque ya estaba aforado.
En este punto aborda también el fraude de ley que planteó la jueza instructora, Beatriz Biedma, en su exposición razonada a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura del pasado 9 de junio.
Biedma consideraba en este escrito que «el aforamiento repentino» del líder del PSOE de Extremadura, el día antes de que ella dictara el auto de apertura de juicio oral, fue un fraude de ley y que fue una «maniobra» en el marco de «un plan previamente concebido y organizado».
«Extrañeza» por algunos conceptos de la jueza
El letrado de Gallardo muestra en el escrito su «extrañeza» porque en esa resolución judicial la jueza «emplee conceptos como el de ‘ejemplaridad’ o ‘buen gobernante’ que se reconocen extraídos de la filosofía clásica».
«El señor Gallardo Miranda tendrá o no esas cualidades, pero no es esta la sede en la que tales extremos han de discutirse», señala el abogado, que recuerda que el sistema constitucional exige a jueces y tribunales «que actúen sometidos al imperio de la ley».
Por lo que «reflexiones como las citadas resultan harto inapropiadas en una resolución judicial», añade.
La defensa de Gallardo considera, por lo tanto, que «la decisión de apertura de juicio oral se ha adoptado sin competencia objetiva para ello y prescindiendo de normas esenciales del procedimiento generadora de indefensión».